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Tribunales Piquenses: una mujer fue condenada por golpear a su hijo y provocarle lesiones

Jueves 27 de Marzo de 2025 - 13:36:42
La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, condenó a una mujer de 33 años, como autora material y penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo; a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional. Además ordenó el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por el plazo de dos años: fijar domicilio y someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y la Unidad de Abordaje Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la Ley Penal. También le ordenó realizar un tratamiento psicológico. Sigue en ver más...

Las pruebas aportadas den el juicio oral permitieron comprobar que el 18 de octubre de 2023, la mujer golpeó a su hijo de 12 años, con una manguera, en varias partes del cuerpo, provocándole lesiones de carácter leve.

El debate tuvo lugar el 21 de marzo del corriente año, con la actuación unipersonal de la jueza Ginaninetto, la intervención del fiscal Guillermo Komarofky y del defensor oficial Guillermo Costantino.

En su alegato de clausura la fiscalía expresó que sostendría la acusación inicial y luego de analizar y valorar los elementos probatorios incorporados, solicitó que se imponga la condena de ocho meses de prisión de ejecución condicional y reglas de conducta.

Por su parte, la defensa en su alegato de clausura expresó que no objetaba la materialidad del hecho por el que se acusa a su defendida y solicitó se suspenda el proceso a prueba por el plazo de un año, adhiriendo a las reglas requeridas por el fiscal pero por el plazo que dure la suspensión.

La magistrada agregó en el fallo que “de la totalidad de la prueba reseñada, se extrae con certeza que el hecho por el que fuera acusada la imputada, efectivamente ocurrió, habiendo golpeado el día 18 de octubre de 2023 en el domicilio que compartían, con una manguera, a su hijo, quien contaba con once años en ese momento”.

“La acusada en su declaración reconoció el hecho, pero negó que ello fuera habitual, expresando que no maltrata a sus hijos. Y entiendo que esa circunstancia también ha sido probada: no era habitual, se trató de un solo hecho, aislado”, agregó la magistrada.

“Así surgió del testimonio de la abuela paterna de los niños, denunciante incluso de este proceso, del testimonio de la médica interviniente y de la psicóloga, perteneciente a la Unidad Regional de Protección de Derechos, al expresar que sólo intervinieron en este caso y que nunca antes, ni después, volvieron a hacerlo”, concluyó Gianinetto.

Por último, la magistrada no hizo lugar a la solicitud de aplicación de la suspensión del proceso a prueba requerido por el defensor. “Tal pedido contó con el rechazo del fiscal en la audiencia, y comparto que debe ser rechazado en razón de haber sido solicitado fuera de término”, puntualizó la magistrada.


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