La Pampa - Covid 19: anunciaron beneficios impositivos por actividades restringidas
Jueves 27 de Mayo de 2021 - 19:24:13
El Gobierno de La Pampa a quienes desarrollen actividades restringidas que para acceder a los beneficios en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, deberán presentar la correspondiente solicitud ante la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo a la casilla de correo electrónico secretariadetrabajo@lapampa.gob.ar. Para acceder a los beneficios se requiere desarrollar la actividad exclusivamente en el territorio de la provincia de La Pampa, no poseer inhibiciones y/o gravámenes y tener plena capacidad legal. En ver más recorra que documentacion deberpa presentarse...
El mismo se implementa mediante un subsidio equivalente al saldo a pagar de la Declaración Jurada mensual del mes de abril de 2021 y alcanza a quienes desarrollan exclusivamente actividades vinculadas a la caza y sus servicios de apoyo, al transporte automotor urbano de pasajeros, al turismo y sus servicios asociados y a la gastronomía con servicio de mesa. También se incluyen a las actividades de proyección de películas en cines, discotecas, salones de juegos y a las vinculadas con la práctica deportiva, la industria del fitness y las prácticas de rehabilitación. Finalmente, se alcanza a las actividades de peluquería, estética y similares.
Los solicitantes deberán poner a disposición:
Constancia de inscripción ante AFIP;
Constancia de inscripción ante la Dirección General de Rentas de la Provincia de La Pampa:
Declaración Jurada del anticipo correspondiente al mes de abril de 2021, con su correspondiente acuse de recibo y la boleta para el pago del anticipo respectivo
De corresponder, la habilitación municipal vigente, expedida a los efectos del desarrollo de la actividad, por el local donde tiene lugar la prestación de efectiva de los servicios
Formulario de Autorización al Estado Provincial para compensar el aporte recibido con la deuda en concepto de impuesto sobre los Ingresos Brutos a la que refiere la mencionada norma.
