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Tribunales Santarroseños: dos años de prisión efectiva para un empleado rural que faenó y se robó un vacuno

Martes 10 de Octubre de 2017 - 18:31:59
El juez de audiencia, Carlos Besi, por intermedio del procedimiento de juicio abreviado, condenó a Jorge Eduardo Torres a dos años de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor del delito de abigeato. El damnificado dio su consentimiento a la solución alternativa alcanzada para resolver el conflicto. El abreviado fue convenido entre el fiscal Carlos Ordas, la defensora oficial Mariel Annecchini y el propio imputado, un empleado rural de 35 años que aceptó su culpabilidad. La víctima, el propietario del campo donde trabaja Torres en el momento del hecho, consintió esa vía al ser notificado por parte del Ministerio Público Fiscal del acuerdo. Torres fue hallado culpable de “haber dado muerte y faenado un animal vacuno, perteneciente al predio rural ‘El Charo’, ubicado en la ruta provincial N° 11, circunstancias en que se desempeñaba laboralmente en el lugar; habiendo sido constatado por su propietario el 10 de marzo de 2014, en horas de la tarde, quien encontró las vísceras del animal en proximidades de un corral de dicho predio”. Mayor información en ver más...

“Quedó debidamente probado que hubo, por parte del sometido a proceso, una clara y manifiesta intención de apoderarse ilegítimamente de un animal vacuno, previo darle muerte y faenarlo, en circunstancias en que dicho ganado se encontraba en el establecimiento rural denominado ‘El Charo’ (…) Realizado un registro domiciliario en la vivienda del imputado, el mismo día en que se realizara la denuncia, se encontraron en una vivienda contigua –parte del mismo terreno allanado– trozos de animal vacuno depositados en un freezer (una cabeza, un costillar, dos trozos de espinazo, una paleta y un cuarto), lo cual fue secuestrado, teniendo esos restos similitud con el tamaño del animal cuya sustracción fue denunciada”, dijo Besi en el fallo.

Al acusado se le aplicó el artículo 167 ter, primer supuesto, que establece que “será reprimido con prisión de dos a seis años el que se apoderare ilegítimamente de una o más cabezas de ganado mayor o menor, total o parcialmente ajeno, que se encontrare en establecimientos rurales o, en ocasión de su transporte, desde el momento de su carga hasta el de su destino o entrega, incluyendo las escalas que se realicen durante el trayecto”.


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