Tribunales Santarroseños: un padre condenado a 10 años por abusar de su hijo
Martes 22 de Febrero de 2022 - 14:14:51
Un padre fue condenado este martes 22 de Febrero a 10 años de prisión, por ser autor del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por un ascendiente y contra con un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente; todo ello en el marco de la ley 26061 de Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. La víctima fue su hijo de nueve años, al momento de los hechos. La condena fue dictada por el juez de audiencia santarroseño, Carlos Alberto Besi, en un segundo juicio, ya que la sentencia del primero –en el que el imputado había sido absuelto– había sido anulada por el Tribunal de Impugnación Penal.
El padre, de 52 años, registra antecedentes penales, pues había recibido ocho meses de prisión en suspenso por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo, en un expediente donde la víctima fue la misma. Besi, con las pruebas reunidas durante el debate oral, dio por probado que el acusado, “sin poder precisar oportunidades, circunstancias, ni tampoco fechas, pero sí con anterioridad a la denuncia”, abusó sexualmente de su hijo en la vivienda familiar.
El magistrado, en la parte resolutiva del fallo, dispuso mantenerle al agresor la restricción absoluta de acercamiento y de cualquier tipo de contacto con su hijo hasta la finalización de proceso; y la obligación de presentarse en la comisaría de la localidad donde vive una vez por semana. A su vez, ordenó su detención inmediata cuando la sentencia quede firme.
Durante los alegatos, el fiscal y la fiscala de General Acha, Juan Bautista Méndez y Paula Duscher, solicitaron una pena de 12 años de prisión; la asesora de Menores, Agostina Pensa, adhirió a ese requerimiento; y el defensor particular, Gastón Gómez, pidió la absolución.
Segundo juicio.
Al momento de evaluar la pena, Besi valoró a favor del padre “sus condiciones personales, su edad, su colaboración durante el proceso, su postura y presencia en las audiencias y que siempre mantuvo una actividad laboral”, ya que es comerciante.
En cambio, tuvo en cuenta negativamente “el daño causado al menor, quien recién después de ocho años de realizada la denuncia pudo contar sobre el abuso que padeció y aprovecharse del temor que le tenía su hijo, quien “no podía ejercer ningún tipo de resistencia”. También remarcó la afectación a su integridad sexual, “las secuelas y el daño que causaron en la víctima” y que se caracterizara “por el control, el autoritarismo y las conductas violentas hacia todos los miembros de la familia”.
Este fue el segundo juicio que se le siguió al padre. En el primero, la misma Audiencia de Juicio de Santa Rosa lo había absuelto por el beneficio de la duda, lo que jurídicamente se denomina ‘in dubio pro reo’. Ese fallo fue recurrido por el entonces fiscal sustituto de General Acha, José Luis Coito. El Tribunal de Impugnación Penal le dio la razón e hizo lugar al recurso de impugnación, por lo que anuló la sentencia absolutoria y reenvió la causa al mismo tribunal de juicio para que disponga un nuevo debate con otra integración.
Ante ello, el defensor Gómez presentó un recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia por considerar que se trataba de una resolución arbitraria. El STJ lo declaró inadmisible. Pero el defensor insistió, y luego que el propio Superior Tribunal considerara que el recurso extraordinario federal había sido presentado erróneamente; interpuso un recurso de reposición contra esa resolución, pero también fue denegado.