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Tribunales Piquenses: dictan 3 años de prisión efectiva por dos causas diferentes, golpear a su ex-pareja y por robo agravado por uso de arma

Martes 31 de Agosto de 2021 - 15:05:55
La jueza de control de General Pico, María Jimena Cardoso, condenó a un hombre 29 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de “lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con quien mantuvo y/o mantenía una relación de pareja y por violencia de género, en concurso real con el delito de amenazas simples” - en perjuicio de su ex pareja- y “amenazas simples, robo agravado por el uso de arma y por escalamiento en grado de tentativa y violación de las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia, todo ello en concurso real” -en perjuicio de otra persona-; a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento, con expresa declaración de reincidencia.En ver más recorra otros detalles sobre el juicio ...



El fallo fue dictado a consecuencia de un cuerdo de juicio abreviado, presentado en dos legajos diferentes por el fiscal Juan M. Cupayolo, la defensora oficial Mariana Zabala y el imputado. Los damnificados – su ex pareja y un ciudadano de una localidad vecina- al ser informados de la salida alternativa acordada por las partes, prestaron su conformidad.

Respecto al primer legajo, la jueza dio por probado que el 27 de julio de 2020, se habría originado una discusión entre el imputado y la damnificada, que en ese momento era su pareja. Luego de la discusión el imputado se acostó a dormir, pero a la mañana siguiente el imputado seguía enojado por la situación, volvió a iniciar la discusión y agredió físicamente a la víctima. Luego la amenazó de muerte.

El informe del médico forense da cuenta de las lesiones padecidas por la mujer, las que no pusieron en peligro su vida y el tiempo de curación fue menor a un mes calendario.

“Teniendo en cuenta la denuncia, el certificado médico de la víctima, el acta de inspección ocular y croquis ilustrativo del lugar del hecho, es posible concluir que el imputado agredió intencionalmente a la víctima ocasionándole un daño en su cuerpo”, agregó la jueza Cardoso.

Cardoso expresó que el hecho de que la damnificada “ sea la pareja del imputado hace que el enmarque típico se agrave por el vínculo existente entre ambos y por también por la violencia ejercida contra la mujer, extremos que se acreditan con la denuncia y constataciones que el lugar del hecho fue en donde convivían”.

Y agregó que “las manifestaciones vertidas a la damnificada constituyen anuncios graves futuros y posibles que limitaron la libertad de autodeterminación de la víctima, afectando su libertad. Que este sometimiento y asimetría de poder se profundizaba con las agresiones que la víctima manifiesta haber sufrido durante toda la relación de pareja y que nunca denunció por temor”.

En el segundo legajo, quedó demostrado que en la medianoche del 1 de abril de 2020, el imputado estaba junto a otra persona - quien aún no ha definido su situación procesal en el legajo- sobre el tapial de una vivienda de una localidad vecina y al ser advertidos por quien vive en el lugar, saltaron hacia el exterior de la vivienda. Cuando el dueño de casa se asomó por sobre el tapial, sacaron un objeto y le manifestaron "metete adentro porque te voy a meter un tiro..." . Inmediatamente estas dos personas volvieron hacia el tapial del patio e ingresaron al domicilio, querían robarle al dueño de casa, uno con un cuchillo y el otro con un palo. Durante una pelea de varios minutos, la otra persona que acompañaba al imputado lesionó al damnificado en la cabeza con el palo y además el imputado intentó agredirlo con el cuchillo. Ante la situación uno de los perros que tenía el dueño de la vivienda se atravesó delante del imputado y lo mordió y éste le clavó el cuchillo provocándole la muerte al animal.

“Además de amenazar con "pegarle un tiro" al damnificado, lo cual implicó el anuncio de un mal grave, injusto y futuro que fue capaz de producir temor en la víctima; intentaron apoderarse en forma ilegítima de parte de las plantas de la especie cannabis sativa (marihuana), que eran propiedad del dueño de casa y que se encontraban en su vivienda” expresó la magistrada.

La jueza agregó que también quedó acreditada “la violencia ejercida por el imputado para cometer el hecho, mediante la utilización de un cuchillo y la agravante de haber tentado el robo mediante escalamiento, toda vez que los tapiales que sortearon para ingresar y salir de la vivienda, miden entre 1,87 y 1, 93 metros de altura”.

Y por último también quedó acreditado que el imputado violó el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 y prorrogado por el Nº 325/20, dictados por el Poder Ejecutivo Nacional, en virtud de la pandemia declarada por el virus COVID-19, conocido como Corona virus, por el cual debía permanecer en su domicilio hasta el 12 de abril de 2020 inclusive.

Finalmente se inició aparte una causa sobre presunta infracción a la ley 27.737, con intervención del Juzgado Federal con sede en Santa Rosa en donde consta que se secuestraron plantas de marihuana en la investigación.


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