General Pico: 1500 comercios No esenciales quedarán eximidos en pagar el segundo semestre de las tasas municipales
Miércoles 14 de Julio de 2021 - 15:45:37
Ya está lista la reglamentación que permite a la Municipalidad de General Pico eximir del pago de derechos y tasas por servicios municipales a comercios considerados “no esenciales” en el contexto de la pandemia de Covid-19. La medida abarca, aproximadamente, a 1500 establecimientos e implica una transferencia de recursos de unos 6 millones de pesos. En ver más recorra como podrá acceder a los beneficios...
Al respecto, el secretario de Economía Luis Anconetani manifestó que la medida se da en el marco de un trabajo conjunto entre el Dpto. Ejecutivo y el Concejo Deliberante, partiendo de las propuestas elaboradas por distintos bloques y de la Secretaría de Economía, a través de la Dirección de Rentas, la Dirección de Comercio y la de Desarrollo Económico y Productivo.
“Más allá de algunas características particulares de cada una, coincidimos en la necesidad de apoyar al sector comercial que más restricciones ha tenido para trabajar, que fue el no esencial. Es un sector que está muy golpeado, por lo que fue consensuada la necesidad de asistirlos”.
Se trata de 4 conceptos distintos sobre los que se aplicará la eximición de pago del segundo semestre 2021: Tasa mensual por Servicios Municipales, Tasa por Inspección, Seguridad, Salubridad e Higiene (bimestral), Estacionamiento Medido Mensual y Tasa por Habilitación Comercial.
La directora de Rentas del municipio, Florentina Huala, dio precisiones acerca de la mecánica de implementación. “En el caso de la tasa de Seguridad, Salubridad e Higiene que es bimestral y del Estacionamiento medido que es mensual, no les va a llegar directamente porque identificamos en nuestros registros los comercios definidos como no esenciales”.
“Con respecto a la factura de Tasas por Servicios Municipales, van a tener que realizar una inscripción a través del sitio web del municipio www.generalpico.gov.ar en el botón “EXIMICIÓN DE TASAS A COMERCIOS NO ESENCIALES”, porque tenemos que corroborar que la referencia sea del comercio y que a su vez sea el titular del mismo quien paga las tasas”, continuó la funcionaria, al tiempo que agregó que hay un plazo de 30 días para inscribirse.
En el caso de la tasa por Habilitación Comercial “la exención alcanza a todo el año, por lo cual quienes iniciaron la actividad entre enero y junio 2021, van a tener que acercarse de forma presencial a la Dirección de Rentas, ya que hay que definir a qué otro concepto desean imputar el crédito fiscal que les va a quedar a favor”, finalizó.
Ante cualquier duda o consulta, se puede escribir a rentas@generalpico.gov.ar o acercarse a la Dirección de Rentas Municipal ubicada en calle 11 N° 763.