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Tribunales Piquenses: un tío abusó sexualmente de tres sobrinas, fue condenado a 16 años de prisión

Miércoles 30 de Junio de 2021 - 15:19:12
El juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a un hombre 62 años de edad, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda -2 hechos- y abuso sexual gravemente ultrajante -1 hecho-“ en perjuicio de una sobrina nieta; “ abuso sexual simple “ en perjuicio de otra sobrina nieta y “abuso sexual gravemente ultrajante como delito continuado” en perjuicio de una tercer sobrina nieta; a la pena de dieciséis años de prisión.

El juicio oral se desarrolló entre los días 15 y 18 de junio del corriente año, ante el juez Pagano como tribunal unipersonal, la participación de la fiscal Ana Laura Ruffini, la letrada María Jacoba Vanini en representación de las querellantes particulares – las tres progenitoras de las damnificadas – y el defensor particular Jerónimo Altamirano. Recorra el informe completo en ver más ...



Con las pruebas aportadas en el debate el juez dio por probado que sin poder precisar fecha exacta, pero cuando una de las niñas tenía entre 10 y 11 años -es decir entre los años 2013 y 2014-, en reiteradas oportunidades fue abusada sexualmente por el imputado. Respecto a otra de las víctimas, sin poder precisar fecha exacta haber abusado sexualmente en una oportunidad, mediante tocamientos, cuando la menor contaba con 7 u 8 años de edad aproximadamente y en referencia a la tercera damnificada, sin poder precisar fecha exacta, haber abusado sexualmente en reiteradas oportunidades de la niña cuando la menor contaba con 10 u 11 años de edad aproximadamente.

En sus alegatos finales, la fiscal solicitó la pena de 20 años de prisión. La representante de las querellantes particulares adhirió en un todo respecto al pedido de la fiscal. Por su parte el defensor particular solicitó la absolución de su defendido.

El magistrado expresó en el fallo que “como denominador común se trata de tres niñas víctimas, primas entre sí, toda vez que sus madres son hermanas, siendo que el acusado es tío de éstas. “

Al momento de fijar el monto punitorio, el juez tuvo en cuenta como circunstancia atenuante la carencia de antecedentes condenatorios, la escasa instrucción del imputado, que poseía trabajo estable y su avanzada edad.

Como circunstancias agravantes tuvo en cuenta “ que estamos ante una pluralidad de víctimas, que en el caso de una de ellas con tres hechos comprobados y en el caso de otra de ellas nos encontramos ante la presencia de delito continuado, todo ello implica pluralidad de hechos que rebasan el número de víctimas, el haberse aprovechado en la situación de superioridad o de lo asimétrica de la relación toda vez que estamos hablando de un adulto mayor que se aprovechó de niñas que contaban entre 5 y 11 años de edad al momento de los hechos, en aquellos casos en que no se ha considerado que existe el agravante de `guarda` tendré en cuenta como circunstancia agravante el haberse aprovechado de la confianza y el aprecio que le tenía tanto las damnificadas como sus padres y abuelos, de lo que se valió para abusar de las niñas en vez de retribuir ese cariño con buenas acciones y/o comportamientos, la extensión del daño causado en las hoy adolescentes las que se han mostrado visiblemente afectadas por lo sucedido”.


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