Tribunales Piquenses: en dos juicios abreviados dictaron penas en suspenso para los imputados
Lunes 28 de Septiembre de 2020 - 14:11:55
En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, la jueza de audiencia de juicio de General Pico María José Gianinetto, condenó a un hombre de 22 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de “amenazas simples –dos hechos- y lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con la cual mantiene o mantuvo una relación de pareja”; a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.
Las pruebas aportadas en la causa permitieron comprobar que el 3 de mayo de 2019, el imputado agredió y amenazó de muerte a la damnificada. El acuerdo fue presentado por la fiscal Ivana Hernández el defensor Guillermo Costantino y el imputado. La damnificada, al ser consultada sobre el acuerdo, prestó su conformidad.
Además le impuso el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta, por el término de dos años: fijar domicilio, y en caso de modificarlo notificar previamente al Juez de Ejecución Penal o al Ministerio Público Fiscal; el cese de todo acto de perturbación o intimidación respecto de la persona de la denunciante –su ex pareja y madre de una hija en común- y abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas.
Otra Sentencia:
El juez de control de General Pico, Heber Pregno Jr. condenó a un hombre de 40 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de “lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, y amenazas simples” y “amenazas simples”; a la pena de un año de prisión en suspenso.
Además le ordenó el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta, por el término de dos años: fijar domicilio, y en caso de modificarlo avisar previamente al Juez de Ejecución o Fiscal, y someterse al Ente de Políticas Socializadoras y a la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para Personas en Conflicto con la Ley Penal. También dispuso la restricción de acercamiento al domicilio de la damnificada- su ex pareja y madre de cinco hijos en común- y a los lugares de habitual concurrencia de la misma; prohibición de comunicación por cualquier medio respecto de la mujer, abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas, el cese de todo acto de perturbación respecto de la persona de la denunciante. Finalmente también le prohibió por el término de dos años la compra y tenencia de armas, debiendo ser notificada la resolución a los Registros y Organismos que regulan tal actividad.
Los hechos contemplados en el acuerdo de juicio abreviado- firmado por la fiscal Ana Laura Ruffini, el defensor oficial Walter Vaccaro y el imputado-, fueron analizados en dos legajos diferentes. La damnificada, al ser informada sobre el acuerdo arribado, prestó su consentimiento.
En el primero de los legajos, los hechos investigados y comprobados ocurrieron el 16 de diciembre de 2019, cuando el imputado agredió físicamente y amenazó a la damnificada y el día 18 del mismo mes, la agredió nuevamente ocasionándole lesiones de carácter leve.
En el segundo legajo se comprobó que el 29 de agosto de este año, el imputado envió un audio de whatsapp a su ex esposa -con quien posee una prohibición de acercamiento, como también prohibición de comunicación y contacto por cualquier medio-; y en dicha circunstancias la amenazó.
Pregno agregó en el fallo que “como lo marca la ley procesal (Art.382 del C.Pr.P.) el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas. En tal sentido, acuerdan las partes que se condene al imputado a la pena de un año de prisión en suspenso y el cumplimiento de reglas de conducta, por el término de dos años”.
Finalmente ordenó dictar el sobreseimiento del imputado por el delito de “simple tenencia de arma de fuego de uso civil sin autorización legal” por extinción de la acción penal por aplicación de la ley de amnistía y ordenó el decomiso del arma secuestrada.