La Pampa: se extiende la inscripción al Plan “Mi Casa 1 y 2”
Lunes 28 de Septiembre de 2020 - 13:56:30
El Instituto Provincial de la Vivienda (IPAV) informa que, debido a la situación epidemiológica en algunas localidades de la Provincia y a la situación sanitaria provincial, se ha extendido el plazo para la inscripción y reinscripción en el Plan provincial “Mi Casa 1 y 2” de registro que finalizaba este 30 de septiembre, hasta el 31 de octubre.
La intención del Gobierno provincial es que todo aquel que necesite inscribirse o reinscribirse en el Plan de Viviendas provincial lo haga y pueda completar la información respetando las normas sanitarias y los protocolos establecidos por las autoridades provinciales, por ello la extensión del plazo. En ver más conozca cuales son los requisitos para la inscripción...
El registro de usuario podrá continuar haciéndose aún después del 30 de septiembre y hasta el 31 de octubre. La inscripción podrá quedar abierta y ser completada la documentación en caso de ser necesario. El Instituto entiende que la situación sanitaria y epidemiológica puede dificultar el acceso a algunos puntos del requerimiento a presentar, lo que podrá ser subsanado posteriormente.
También desde el IPAV se otorga la posibilidad de hacer las certificaciones de Estado Civil (soltería) y “Cuidado personal de hijos o hijas”, directamente en las dependencias del Instituto, tanto en Santa Rosa como en la delegación de General Pico. Para ello se debe obtener un turno a través de la web del organismo. La inscripción al Plan provincial de Viviendas “Mi casa” (1 y 2) se hace a través de un formulario que estará disponible en la web del organismo https://ipav.lapampa.gob.ar/.
Requisitos para inscripción on line
Se deberá completar con los siguientes ítems:
Datos personales: DNI de todo el grupo familiar.
Comprobante de estado civil.
Casada/o: acta de matrimonio.
En unión convivencial registrada: acta de esa unión.
Persona soltera: declaración de estado civil en el Registro Civil.
Viuda/o: acta de defunción.
Divorciada/o: sentencia de divorcio.
No es necesaria esta documentación actualizada. Se puede utilizar la que ya tenga en su casa.
Recibo de sueldo y/o comprobante de situación laboral.
Personas con discapacidad: Certificado de discapacidad.
Residencia. Para acreditarla podrá presentar:
Contrato de alquiler
Servicio público (boleta de luz eléctrica o gas natural)
Recibo de sueldo, o certificado de la escuela de su hija/o o boletines.
(Los años para justificar la residencia deben ser correlativos).