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Tribunales Piquenses: dos condenas en suspenso a través de juicios abreviados

Martes 10 de Marzo de 2020 - 22:50:00
En el Palacio de Justicia de nuestra ciudad y con la actuación de la Jueza de Audiencia María José Gianinetto, se escucharon un par de lecturas de sentencias dictadas a través de dos juicios abreviados. En el primero de ellos condenó a Eduardo Arturo Goicochea (64) como autor material y penalmente responsable de los delitos de “amenazas agravadas por el uso de arma de fuego, portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal y abuso de arma”; a la pena de un año de prisión en suspenso. Y en el segundo, la condena fue para Tomás Campos, de 19 años, como autor material y penalmente responsable del delito de “encubrimiento”; a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional. En ver mas recorra otros detalles de cada juicio...

Primer Juicio
En el primero de los juicios, las partes en el proceso estuvieron representadas por el fiscal Guillermo Komarofky el defensor particular Sergio Frescoy el imputado quien admitió su culpabilidad. Los damnificados, al ser informados oportunamente por el fiscal sobre las implicancias del acuerdo, prestaron su conformidad.

Con las pruebas aportadas en la causa, quedó demostrado que el 9 de noviembre de 2018, siendo las 3.30 horas aproximadamente, un grupo de jóvenes se encontraba festejando un cumpleaños en el patio común de un complejo de departamentos de esta ciudad. En ese momento, se apersonó Eduardo Arturo Goicoechea portando un arma de fuego tipo pistola, se la apoyó en el cuello a uno de los jóvenes participantes del cumpleaños, luego efectuó disparos hacia el grupo de jóvenes; impactando uno de ellos en el brazo derecho de uno de los presentes.

Gianinetto agregó que “la lesión sufrida por el damnificado se encuentra constatada, y de acuerdo a lo informado por el médico forense, reviste el carácter leve, quedando por lo tanto, subsumida conforme lo prevé el segundo párrafo del art. 104 del C.P., en la figura penal de ‘abuso de armas’ ”.

La jueza también expresó que “se ha acreditado la utilización de un arma de fuego, por lo que deviene procedente la agravante en la figura de amenazas mediante el empleo de armas, al surgir que la conducta del imputado estaba dirigida a alarmar o amedrentar”.

El imputado no registra antecedentes penales. Finalmente la magistrada ordenó el decomiso del arma secuestrada.

Segundo Juicio
En el segundo de los juicios el hecho ocurrió el 26 de diciembre de 2019, en horas de la madrugada, cuando personal policial interceptó a Tomás Campos, que se movilizaba en compañía de un menor de edad, en una motocicleta de 110 c.c. sin dominio, que hacía poco tiempo atrás le había sido sustraída a su propietaria.

En referencia a la acusación fiscal de encubrimiento la jueza expresó que “la conducta consiste en asegurar o ayudar al autor o al partícipe a asegurar el producto o el provecho del delito. En este caso, si bien no puede atribuírsele a Campos la autoría de la sustracción de la motocicleta, la acción por él desplegada configura el delito de encubrimiento, pues se encontraba circulando en la motocicleta sin poder acreditar su procedencia, habiendo transcurrido escasamente una hora desde producida la sustracción, sin documentación y con el traba volante dañado. No podía desconocer que la misma provenía de un ilícito”.

Además le ordenó el cumplimiento de la siguiente regla de conducta por el término de dos años: fijar domicilio y no modificarlo sin previo conocimiento del fiscal y juez de ejecución penal. La sentencia fue dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por los fiscales María Soledad Forte y Damián Campos, el defensor oficial Mauro Fernández y el imputado.


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