Tribunales Santarroseños: cuatro detenidos por tres robos y por ocultar el "botín"
Martes 15 de Octubre de 2019 - 18:03:42
A través de un procedimiento de juicio abreviado, el juez de control santarroseño, Carlos Matías Chapalcaz, condenó hoy a Juan Marcelo Orozco, Jonathan Urquiza y Lucas Sebastián Navarro a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo. Un hermano del último, Agustín Nicolás Navarro, recibió la misma pena aunque en suspenso. Hace 40 días, el 4 de septiembre entre la medianoche y las dos de la madrugada, Orozco y Urquiza, luego de romper los cables de conexión, sustrajeron un estéreo de una camioneta Ford F-100 que estaba estacionada en la calle Río Bermejo, en Santa Rosa. Además se llevaron una moto Mondial de la calle Río Bermejo, tras dañar la traba del volante y desprender las cachas; y un televisor de 29 pulgadas, de una vivienda de la calle Pavón, después de ejercer fuerza sobre una ventana. A posteriori, los Navarro ocultaron en su domicilio los objetos robados. Sigue en ver más...
Por ello, el fiscal Facundo Bon Dergham, la defensora oficial Mariel Annecchini y los propios imputados convinieron –y Chapalcaz lo convalidó con su fallo– que Orozco (18 años, desocupado) y Urquiza (21, vendedor ambulante) sean condenados a seis meses de prisión como coautores de robo simple en tres hechos independientes (el segundo fue declarado reincidente).
A Orozco se le revocó la condicionalidad de una sanción anterior, pues el 28 de agosto pasado había sido condenado a seis meses en suspenso por robo simple (golpeó a un hombre, junto a un hermano en el centro de la ciudad, y le sustrajo un celular) y se le impuso una pena única de seis meses efectivos.
Por su parte, Lucas Navarro (33, albañil) recibió también seis meses de cumplimiento efectivo, y la declaración de reincidencia, por encubrimiento por receptación dolosa; mientras que a su hermano Agustín Navarro (19, albañil), le correspondió la misma pena pero de ejecución condicional y reglas de conducta durante dos años (fijar domicilio y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras).
Uno de los damnificados, al ser notificado por el Ministerio Público Fiscal del acuerdo, dio su consentimiento; mientras que los otros dos no pudieron ser localizados.
“Más allá del reconocimiento realizado por cada uno de los imputados, al momento de suscribir el acuerdo de juicio abreviado, y su posterior ratificación en la audiencia de visu, considero que los hechos quedaron debidamente probados; considerando que se incorporaron como pruebas de cargo las declaraciones de las víctimas, los informes policiales y técnicos, fotografías y las actas de secuestro y posterior reconocimiento por parte de los damnificados de los bienes denunciados como sustraídos”, señaló el juez en la sentencia.