Tribunales Piquenses: dictan sentencias de efectivo cumplimiento
Miércoles 2 de Octubre de 2019 - 17:06:27
Con la actuación unipersonal del Juez de Audiencia Carlos Federico Pellegrino, se escucharon en los Ttribunales de General Pico, dos lecturas de sentencia con fallos de efectivo cumplimiento. En el primero de los casos, a través de un acuerdo de juicio abreviado el Juez condenó a Damián Ulises Viniegra, de 25 años de edad, como autor material y penalmente responsable del delito de “quebrantamiento de inhabilitación judicialmente impuesta”; a la pena de dos meses de prisión de efectivo cumplimiento, revocando la condicionalidad de la condena dictaminada mediante una sentencia anterior de fecha 3 de noviembre de 2017, unificándola en la pena única y total de un año y dos meses de prisión de efectivo cumplimiento. El acuerdo fue presentado ante el juez por la fiscal Alejandra Moyano González, el defensor particular Mauricio Sebastián Moreno y el propio imputado. En ver mas recorra detalles sobre el fallo y la lectura de la segunda sentencia.
Las pruebas incorporadas en la causa permitieron dar por demostrado que Damián Ulises Viniegra se conducía realizando maniobras peligrosas (zigzag) por calles de la localidad de Victorica, al mando de una camioneta, quebrantando de ese modo la inhabilitación especial para conducir vehículos motorizados impuesta mediante una sentencia anterior, que conforme el cómputo efectuado vencía el día 28 de marzo de 2020. El juez agregó en el fallo que “la objetividad y fe pública del acta de infracción labrada, evidencia la comisión del delito de quebrantamiento de pena. Fue infraccionado por realizar una actividad en la que se hallaba inhabilitado para ello”.
Para el segundo caso el Juez de audiencia de juicio Carlos Federico Pellegrino condenó a Pablo Ismael Correa, de 34 años, como autor material y penalmente responsable del delito de “estafa”; a la pena de un mes de prisión de efectivo cumplimiento, manteniéndole la declaración de reincidencia. La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal general Armando Agüero, el defensor oficial Walter Vaccaro y el imputado. El damnificado no manifestó oposición a la vía procesal elegida. La causa se inició cuando el damnificado denunció que no pudo cobrar un cheque porque poseía denuncia policial, correspondiente a una cuenta de una tercera persona, por la suma de $ 8500, el cual recibió de manos del imputado, a quien a cambio, le hizo entrega del dinero en efectivo. El magistrado agregó en el fallo que “el imputado, a consecuencia de ardid o engaño, le ocultó al damnificado que el cheque que le entregaba contaba con orden bancaria de no pagar, por haberle sido sustraído a su legítimo poseedor; de esta manera lo indujo a error respecto de la normalidad de la operación, beneficiándose económicamente y perjudicando patrimonialmente al damnificado, al recibir el dinero en efectivo que éste le entregó.”