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Tribunales Santarroseños: prisión perpetua para uno de los autores del crimen de Diego Loza

Miércoles 22 de Mayo de 2019 - 14:37:38
El Tribunal de Audiencia de Santa Rosa condenó hoy a Walter Eleuterio Rojas Pedraza a prisión perpetua, por ser autor de los delitos de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas, homicidio criminis causa, en concurso ideal con robo con escalamiento agravado por el uso de arma de fuego y portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, todo en concurso real, en calidad de coautor. A su vez declaró la autoría y responsabilidad penal de Carlos Andrés Carrión –hoy tiene 18 años, pero al momento de los hechos era menor– por los mismos delitos, y también en calidad de autor. La víctima fue Diego Nicolás Loza (foto). Toda la información en ver más....



A su vez, los jueces Daniel Alfredo Sáez Zamora, Alejandra Flavia Ongaro y Andrés Aníbal Olié absolvieron a Rojas Pedraza y declararon la no autoría y responsabilidad de Carrión, por el delito de usurpación.

Al primero le mantuvieron la prisión preventiva dispuesta oportunamente y, acerca del segundo, ordenaron remitir una copia de la sentencia al Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes de la Primera Circunscripción Judicial.

Con las pruebas reunidas durante el juicio oral, el Tribunal dio por probado que el 23 de junio del año pasado, entre las 21.05 y las 22.05, Rojas Pedraza y Carrión “ingresaron por el balcón del departamento sito en el segundo piso de la calle Emilio Zola 370, de Santa Rosa, y sorprendieron a Diego Nicolás Loza en la zona del baño, donde se le efectuaron tres disparos con una pistola Bersa calibre 22”.

El primero impactó “en el brazo izquierdo, el segundo en la pierna izquierda y el tercero en la boca, previo haberlo maniatado –dice el fallo–. El arma fue secuestrada en el mismo lugar del hecho, debajo de unos zapatos negros que se encontraban en el placard de la habitación. Esa arma fue utilizada por ambos acusados, quienes no contaban con ningún tipo de autorización legal vigente al momento de trasladarla, dispararla y utilizarla”.

Más adelante, la sentencia señala que “con posterioridad de darle muerte a Loza, la cual no fue inmediata, lo envolvieron en una frazada y lo ocultaron debajo de una parrilla que se encontraba ubicada en el balcón que da a la calle Zola del departamento, donde días después fue hallado sin vida”.

Los jueces agregaron que “el lunes 25 a las 23 (ambos imputados) fueron sorprendidos en el departamento por personal policial y amigos de la víctima, dándose a la fuga al descolgarse por un techo que da a la avenida Luro, correspondiente a una agencia de quiniela”.

“A su vez ha quedado acreditado que durante la permanencia en la vivienda se ofreció el televisor marca Philips, que se encontraba en el dormitorio, a través del Facebook de Rojas Pedraza y de la página de compra y venta de La Pampa. Además Rojas Pedraza efectuó diversas extracciones por cajero automático de la caja de ahorro del Banco de La Pampa, cuyo titular es Diego Nicolás Loza, por la suma 9.000 pesos”, añade el fallo.

Fueron dos.

Sáez Zamora –autor del voto inicial, al que adhirieron Ongaro y Olié– dio crédito a la versión brindada por la fiscal María Cecilia Martiní durante el debate y, analizando los distintos elementos probatorios incorporados al expediente, señaló que los imputados ingresaron al departamento “por el balcón que mira hacia la avenida Luro, por una puerta que tenía fallas en el cierre. Una vez adentro del departamento, sorprendieron a la víctima, quien se encontraba en el antebaño. Allí recibió un primer disparo de arma de fuego que impactó en el brazo izquierdo de Loza. La víctima se apoyó en la mesada, donde quedaron las manchas de sangre en la cortina del bajo mesada y en la pared. En ese momento, Loza se movilizó hasta el baño, dado que los atacantes le impedieron la salida del lugar. Ya en el baño se produjo un forcejeo en el que la víctima recibió, nuevamente, otro disparo que dio en la pierna izquierda. Por la lucha que oponía Loza, uno de los atacantes se dirigió a buscar las vendas con la que lo maniataron. Luego de reducirlo y en el mismo lugar del baño, se produjo el último disparo en la boca a muy corta distancia”.

“Una de las circunstancias que fueron controvertidas, se refirió al número de atacantes que ingresaron y dieron muerte a Loza. En este sentido, entiendo que la fiscalía aportó elementos que permiten sostener que había más de una persona al momento de los hechos, circunstancia que fue confrontada por la defensa de Carrión”, manifestó Sáez Zamora.

En tal sentido, el Tribunal indicó que “razonablemente puede concluirse que las dos personas tomaron el cuerpo de la víctima; uno por los pies y el otro por los brazos, para llevarlo hasta el lugar donde fue hallado”.

“No resulta compatible con la prueba existente, que una sola persona le efectuara los disparos a Loza, luchara con él en el baño y al mismo tiempo fuera a buscar algún elemento para inmovilizarlo, maniatarlo y poder reducirlo”, subrayaron los jueces.

“Por otro lado, en el caso que el atacante fuera uno solo, tampoco tiene lógica suponer que le efectuara un disparo con el arma dentro de la boca (una herida indudablemente mortal), para luego buscar algún elemento para maniatarlo”.

El Tribunal también se refirió a la pericia odorológica en la que se cotejó la huella de olor de la pistola Bersa secuestrada en el domicilio de Loza, con las de los acusados. “Como resultado de dicha pericia se identificó en forma positiva y con certeza, por comparación olfativa, compuestos orgánicos volátiles producto de la descamación epitelial humana pertenecientes al acusado  Carrión”, indicó el Tribunal.

“Sin perjuicio que la defensa (de Carrión) desmereció la pericia (incorporada por la fiscalía), lo cierto es que no brindó ningún argumento de peso que desacredite su valor probatorio; más allá de estar en desacuerdo con su resultado en función que fue una prueba altamente cargosa para esa parte”.



Reunión y testigo clave

Además los jueces dieron por probado “como un hecho que no fue controvertido por las partes”, que luego del homicidio, Rojas Pedraza “organizó una reunión en la casa de Loza”. Ocho testigos, entre ellos dos menores, declararon que estuvieron en el departamento ese 23 de junio después de las 23 y que “se quedaron hasta la madrugada, incluso algunos de ellos hasta la mañana siguiente”.

“La intención de ocultamiento por parte de Rojas Pedraza, en el departamento, quedó plasmada en su preocupación, ya que les insistió a los testigos que no hicieran ruido, mantuvieran las luces apagadas, e incluso algunos de ellos manifestaron que el imputado insistió con que no salieran a los balcones”, indica la sentencia.

“Ello se encuentra también corroborado –añade– por los dichos del Jefe Operativo de la Agencia de Investigación Científica, Julio Vargas, quien sostuvo que las luces del living no funcionaban porque las lámparas estaban flojas. Ello fue confirmado por el informe de levantamiento y cotejo de rastros, que determinó que se encontraron dos rastros papilares en un foco colgante ubicado en el living comedor, el que se encontraba desajustado. Dicho rastro correspondía a Rojas Pedraza”.

Por último, el Tribunal destacó el testimonio de un comerciante, de quien Loza era cliente. Esa persona sostuvo que el 26 de junio la policía fue a su local para ver las cámaras de video. Afirmó que le preguntaron  si alguien había comprado empanada. Él dijo que sí, que habían ido dos chicos, “uno flaquito con gorra y el otro con los pelos parados”. Que estuvieron 10 o 15 minutos, que no eran clientes habituales y que uno de ellos “tenía un aro”.

“Otro dato de importancia –indica la sentencia– es que el testigo sostuvo que los mismos chicos estuvieron el sábado cerca de las dos de la tarde”. Contó que “a su señora no le dieron buena impresión porque uno estaba sucio, con olor, por lo que les cerró la puerta y se la abrió solo para darle lo que habían encargado”. Eso se lo comentó al testigo su propia señora, cuando el lunes fueron a comprar las empanadas, y la saludaron.

“La policía obtuvo de la cámaras del comercio las caras de esas personas –concluye el fallo–.Además afirmó que ese lunes a la noche fueron a pedir una escalera al kiosco de la esquina y que vio que dos personas se descolgaron del techo de la quiniela ubicada sobre la calle Roque Sáenz Peña. Las cruzó y vio que eran las mismas que le habían comprado las empanadas y que salieron caminando en dirección a la avenida Luro. Dijo que no les dio importancia porque pensó que se estaban peleando (…) En definitiva, ese testigo fue el que reconoció a las dos personas que se descolgaron del techo, como los mismos que compraron las empanadas encontradas en la vivienda de Loza”.


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