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Tribunales Piquenses: un año de prisión condicional para un changarín que golpeó a su pareja

Lunes 22 de Abril de 2019 - 12:43:17
El juez de control de General Pico, Diego Julio Ambrogetti (foto), condenó hoy a Juan Ramón Velázquez, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con la cual mantiene o mantuvo una relación de pareja, y por mediar violencia de género, a un año de prisión de ejecución condicional. Además le fijó, por dos años, el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio, y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previamente al juez de ejecución penal y al Ministerio Público Fiscal; no acercarse a la víctima, como tampoco a los lugares de habitual concurrencia de ella, ni mantener comunicación ni contacto; abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas; y realizar un tratamiento psicológico. Sigue en ver más...


El conflicto penal, en el legajo 47.002, se resolvió por el procedimiento de juicio abreviado que rubricaron el fiscal Luciano Rebechi, la defensora particular Liliana Mónica Márquez y el propio imputado, un changarín de 31 años. La víctima, al ser informada de ello, también prestó su conformidad.

Con las reunidas durante la investigación fiscal preparatoria, quedó probado que el 25 de febrero pasado, Velázquez “agredió físicamente con golpes de mano a su pareja, en varias partes del cuerpo, la tomó de los pelos y le aplicó un ‘puntazo’ con un cuchillo sobre el abdomen, causándole lesiones”.

“Considero que el caso traído a resolución cumple con todos los estándares de razonabilidad, toda vez que el hecho se compadece con el acuerdo y la víctima ha sido debidamente asesorada y ha prestado su conformidad respecto de este modo alternativo de finalización del proceso, no habiéndose constituido como Querellante Particular en el legajo”, señaló Ambrogetti en la sentencia. Y agregó: “También del contacto personal mantenido con el acusado Velázquez, resulta que acepta sinceramente lo acordado con el Ministerio Público Fiscal, encontrándose en consecuencia probado que resultó ser el autor del hecho que se le endilga”.


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