Tribunales Piquenses: se dictaron dos nuevas sentencias, una con prisión efectiva y la otra condicional
Viernes 22 de Febrero de 2019 - 19:45:30
Las mismas fueron leídas este viernes en los Tribunales de General Pico. Una lleva la firma del juez Alejandro Gilardenghi y la otra de Heber Pregno Jr.. En la primera se condenó a Julio César Velázquez, de 32 años, por hurto simple a la pena de cuatro meses de prisión de efectivo cumplimiento. En la otra, la condena fue también para un hombre de 32 años, del que no se brindó su identidad, por un caso de violencia de género contra su ex pareja. Toda la info en ver más...
Una de las sentencias
El juez de control de General Pico Alejandro Gilardenghi condenó hoy a Julio César Velázquez, de 32 años, como autor material y penalmente responsable del delito de hurto simple a la pena de cuatro meses de prisión de efectivo cumplimiento. Además le mantuvo la declaración de reincidente.
El fallo fue dictado a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal interviniente Damián Campos, junto al defensor oficial Guillermo Costantino y su defendido. La víctima del delito fue informado por el Ministerio Público Fiscal de los alcances y consecuencias del acuerdo de juicio abreviado suscripto y manifestó su conformidad con el mismo.
En el marco del acuerdo, el imputado confesó y reconoció que el 29 de noviembre de 2018 ingresó -sin ejercer violencia en las personas ni fuerza en las cosas- a un inmueble de este medio, donde funciona una oficina de una metalúrgica. Una vez allí, del interior de uno de los cajones de un escritorio sustrajo los siguientes elementos: un portafolio de cuero, que contenía una chequera perteneciente al damnificado y su esposa, tarjetas de crédito y débito del mismo banco y documentación del damnificado.
El juez agregó en su sentencia que junto a la confesión del hecho por parte del imputado, “resultaron dirimentes para determinar su responsabilidad, el testimonio prestado por un empleado de la firma metalúrgica damnificada, y las imágenes de la filmación de las cámaras de seguridad que muestran al imputado cuando salió del lugar, luego de concretar su faena, portando elementos que lo vinculan con el delito; elementos que elevaron el grado de convicción del caso, haciéndolo fortísimo”.
El magistrado agregó que “con la decisión acordada por las partes se garantiza una respuesta judicial rápida y efectiva, dado que aún en el hipotético caso de finalizarse el proceso de un modo ordinario, en un eventual juicio oral y público -y no con la salida alternativa que aquí se presentó-, la sentencia que recaería (…) sería -potencialmente- similar o idéntica a la acordada por las partes. Todas estas cuestiones, y además razones de celeridad y economía procesal para una solución rápida y definitiva de este conflicto, aconsejan el dictado de la sentencia, en este caso, tal como se ha solicitado por las partes”.
La otra sentencia
El juez de control de General Pico Heber Pregno, en carácter de Juez de Audiencia de Juicio Subrogante, condenó a un hombre de 32 años por considerarlo autor material penalmente responsable de los delitos de amenazas agravadas por el uso de arma y lesiones leves calificadas por haber sido cometidas contra la persona que mantiene una relación de pareja, a la pena de un año de prisión de ejecución condicional.
Además le impuso por el plazo de dos años, las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: prohibición absoluta de comunicación y contacto entre el imputado y su ex pareja; realización de un tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad y eficacia y fijación de domicilio.
También ordenó oficiar a la Unidad de Violencia Familiar, dependiente de la Municipalidad de General Pico, a los efectos de que, a través de la repartición pública que consideren apropiada, lleven a cabo el abordaje y seguimiento de la damnificada con el objeto de determinar la necesidad de tratamiento psicológico y/o cualquier tipo de asistencia que consideren necesaria y llevarlas a cabo.
El juicio oral se llevó a cabo el 18 de febrero pasado, con la actuación unipersonal del juez Pregno, la fiscal Ana Laura Ruffini y el defensor particular Martín Herrero Galvagno.
Con las pruebas aportadas en el debate el juez dio por probado que, el 23 de febrero de 2018, en el domicilio donde convivía con su ex pareja -luego de haber mantenido una discusión- el imputado le propinó golpes de puño, en el rostro y en los brazos. Posteriormente tomó un cuchillo y la amenazó de muerte. Luego le arrojó una silla de caña, golpeando a la mujer en el pie derecho, lo que le causó una quebradura en la primera falange del segundo dedo del pie.
El magistrado agregó en su fallo que llegó a esta conclusión por “elementos que, analizados a luz de los principios de la sana crítica racional, (la lógica, la experiencia, la ciencia y el sentido común) dan por cierto el hecho investigado, más aún, cuando nos encontramos frente a un caso de violencia de género, resultando primordial aplicar los principios de amplitud probatoria consagrados en los arts. 16 y 31 de la ley Nº 26.485”.
El Registro Nacional de Reincidencia informó que el imputado no posee antecedentes condenatorios, lo que permitió la condicionalidad de la pena.