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Tribunales Piquenses: un año de prisión condicional para un hombre que amenazó y golpeó a su ex pareja

Martes 12 de Febrero de 2019 - 12:13:50
El juez de control Diego Ambrogetti condenó este martes a un joven de 19 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con la cual mantuvo o mantiene una relación de pareja y amenazas agravadas por el uso de arma, a la pena de un año de prisión de ejecución condicional. Además le impuso el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta a cumplir durante el plazo de dos años: fijar domicilio y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previamente al juez de ejecución penal y al fiscal; prohibición de acercamiento genérica respecto de la damnificada -su ex pareja-. Asimismo prohibición absoluta de comunicación y contacto con la nombrada. La prohibición también es para cualquier acto judicial y/o administrativo y/o de cualquier índole que deba realizar y donde la mujer deba estar presente a fin de que se haga saber a la autoridad requirente. Finalmente ordenó al imputado realizar un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia. Sigue en ver más...


Dio marco al dictado de la presente sentencia la presentación de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal Ana Laura Ruffini, la defensora oficial María José Gianinetto y el propio imputado. La víctima, al ser consultada por el juez sobre el acuerdo presentado por las partes, prestó su conformidad.

El magistrado dio por probado que el 6 de enero de 2018 el imputado interceptó su ex pareja cuando esta se conducía a bordo de una bicicleta, le impidió que continuara su andar y la obligó a acompañarlo, manifestándole que tenía un cuchillo y que si no lo hacía "la iba a matar", al mismo tiempo que le exhibió dentro de su mochila una cuchilla. Luego la tomó de los pelos y agredió físicamente. Producto de las agresiones la damnificada cayó al piso, momentos en que le propinó patadas en la zona abdominal, manifestándole amenazas.

El juez Ambrogetti consideró que con el imputado condenado “ y teniendo presente lo manifestado por la víctima en la audiencia realizada personalmente con ella, se garantizan los estándares mínimos exigidos por el art. 16 de la ley 26.485, dado que se trata de una respuesta oportuna y efectiva, la víctima fue oída personalmente por el juez en relación a lo que se va a resolver, su opinión es coincidente con el acuerdo arribado por la partes así como también se protege su intimidad y se evita su revictimización, al no realizarse el juicio oral y público”.


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