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Tribunales Santarroseños: condenaron a un productor agropecuario por el abuso sexual de una nena de 13 años

Miércoles 19 de Diciembre de 2018 - 15:56:57
Un productor agropecuario de 79 años fue condenado este miércoles a un año de prisión en suspenso por ser autor del delito de abuso sexual simple, valorado en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral contra las Mujeres, en perjuicio de una niña de 13 años. La sentencia fue dictada por el juez de control de Santa Rosa, Gabriel Lauce Tedín, a través del procedimiento de juicio abreviado. El acuerdo había sido presentado por el fiscal Andrés Torino, el defensor oficial Martín García Ongaro y el propio imputado, quien admitió la autoría del hecho. La madre de la menor, al ser notificada de la novedad por parte del Ministerio Público Fiscal, también dio su consentimiento. Mayor información en ver más...


En el legajo se probó que el miércoles 24 de octubre, a la noche, el acusado “trasladaba en su vehículo, una camioneta Toyota, a la víctima” y, tras decirle “vos tenés novio, nunca nadie te tocó, te gustaría que yo te tocara”, la agredió sexualmente, mediante tocamientos. El accionar del agresor cesó cuando “la niña se tiró del vehículo y salió corriendo del lugar”.

Tedín le fijó al productor el cumplimiento de las siguientes pautas de conducta, durante dos años, debido a que la pena es de ejecución condicional y bajo apercibimiento de revocársela en caso de no hacerlo: fijar residencia y abstenerse de relacionarse en modo alguno con la damnificada, ni acercarse a menos de 100 metros de su domicilio.

Los elementos probatorias que tuvo el magistrado fueron capturas de pantallas de redes sociales, el informe de la entrevista efectuada a la menor en Cámara Gesell, declaraciones testimoniales y un informe del área municipal de Acción Social, entre otros.

En los abreviados, el juez no puede imponer penas superiores o más graves que las requeridas por la fiscalía, de acuerdo a lo que establece el artículo 382 del Código Procesal Penal de La Pampa. Tedín, en la parte resolutiva del fallo, dio cumplimiento a la comunicación establecida en el artículo 6 de la ley 2547 del Registro de Procedimiento y notificación de antecedentes de Condenados por Delitos contra la integridad sexual.


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