Legislatura Provincial: la diputada Mayoral presentó un proyecto para modificar la Ley 1554 sobre el secuestro de vehículos
Miércoles 22 de Agosto de 2018 - 10:56:58
Alicia Mayoral (PJ) diputada provincial y vicepresidenta 1° de la Cámara de Diputados de La Pampa, dio ingreso a un Proyecto de Ley mediante el cual se modifica la Ley N° 1554, correspondiente al transporte provincial de cargas y pasajeros. El Proyecto de Ley de la diputada Mayoral, propone modificar los artículos 1°, 2° y 4°, como así también, derogar el artículo 2° bis de la ley N°1554, facultando a la Dirección Provincial de Transporte de La Pampa a secuestrar vehículos afectados al servicio público de pasajeros que violen la normativa vigente. Mayor información en ver más...
Al respecto, -señalo la legisladora- “la aludida normativa fue sancionada y promulgada en el año 1994 y modificada en el año 2004 mediante la Ley N° 2137, la cual introdujo modificaciones en el Artículo 2° e incorporó el artículo 2° bis; encontrándose hoy desactualizada, a la luz de los nuevos servicios que brindan los vehículos de transporte y las especificaciones técnicas que deben reunir. De esta manera, se vuelve imprescindible optimizar y ampliar el espectro de control sobre el transporte de pasajeros, añadiendo también el de cargas, en pos de propender al mejoramiento de la seguridad de las personas transportadas y de los usuarios en rutas provinciales”.
Destacando además que “Para cumplir con dicho fin, además de la Dirección de Transporte ya facultada (conf. Art. 1°, Ley 1554), la ley proyectada faculta también a la Policía de la Provincia a proceder al secuestro de este tipo de vehículos, cuando se constatare una causal para ello. Con igual motivo, procura incorporar otros supuestos no previstos en la Ley N°1554 -VIGENTE- que viabilicen la procedencia de dicha medida de secuestro. Así, con la reforma promovida se pretende evitar -entre otros-, los riesgos que puedan surgir del estado mecánico de las unidades, del estado psicofísico de los conductores o de su falta de habilitación”.
Concretamente, según consta en los fundamentos del proyecto, se promueve la ampliación de los supuestos que, individualizados en el Articulo N°1 de la Ley N°1554, dan lugar al secuestro de los vehículos afectados al transporte de pasajeros y de cargas, esto es, cuando se constatare que el estado de la unidad podría poner en riesgo la integridad física de los pasajeros de continuarse prestando el servicio, cuando el chofer no contare con carnet habilitante para conducir la unidad o el mismo se hallare vencido, cuando el transportista no poseyese licencia nacional habilitante, siendo ello exigido legalmente, o cuando el chofer no poseyese carnet psicofísico.
También, a los efectos de asegurar la continuidad del servicio cuando el auto del secuestro se produzca durante la prestación del mismo, en el artículo 2° del texto proyectado se prevé tal situación, variando su solución según la infracción provenga de una cuestión atinente a la documentación o estado del vehículo o a la documentación inherente al conductor.
En el primer caso, dispone que el transportista deberá poner a disposición de los pasajeros, dentro de los plazos de dos (2) horas, una unidad de similares características que cumplimente los recaudos exigidos en el artículo 1°, en tanto para el segundo caso, consigna que la continuidad en el servicio será autorizada una vez verificado el reemplazo del chofer por otro que reúna las condiciones y documentación requeridas.
Asimismo, otra circunstancia que no se halla consagrada en la redacción actual de la Ley N° 1554, y que se pretende incorporar con la reforma impulsada, consiste en disponer la interrupción de la salida de la unidad cuando se verifique la falta de documentación que acredite el cumplimiento de las cargas, contribuciones y aportes previsionales o la misma no se encontrare al día.
Acompañaron la propuesta de la Diputada Mayoral, sus colegas de la bancada oficialista Stella Maris Colla, Raúl Zurbrigk y Lucrecia Barruti.