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Tribunales Piquenses: cuatro nuevas sentencias, todas con prisión en suspenso

Jueves 28 de Junio de 2018 - 20:03:28
Este jueves se leyeron cuatro nuevas sentencias en los Tribunales de General Pico. Dos de ellas llevan la firma del juez Diego Ambrogetti, mientras que las otras las rubricaron Heber Pregno y Marcelo Pagano. Si bien se trata de distintos tipos de delitos, todas terminaron en condenas pero ninguna de ellas con prisión efectiva. Toda la info en ver más...


Caso 1

El juez de control Diego Ambrogetti condenó hoy a un hombre de 49 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y amenazas simples, a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.

Además le fijó las siguientes reglas de conducta por el plazo de dos años: fijar domicilio y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previamente al juez de ejecución penal y a la fiscalía interviniente; prohibición de acercamiento a no menos de 200 metros para con la víctima – su ex esposa y madre de un hijo en común mayor de edad-y de los lugares que habitualmente concurra la misma.; prohibición absoluta de comunicación y contacto con la nombrada; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas y realizar un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

El fallo del juez fue dictado en el marco de un acuerdo de juicioa abreviado solicitado por la fiscal Ana laura Ruffini, el defensor particular Luis Emilio Martín y el imputado quien admitió la responsabilidad de los hechos. La damnificada también prestó su conformidad respecto al acuerdo arribado por las partes.

Con las pruebas aportadas en el acuerdo, se encuentra debidamente acreditado que el 25 de marzo de este año, luego de que se generara una discusión con su pareja, el imputado le propinó un cabezazo en la frente a su ex mujer, causando que la misma se cayera al suelo. Le aplicó golpes de puño , golpes con la mano abierta en su rostro y puntapiés en sus piernas. Posteriormente le vociferó a la mujer que si le decía al hijo que tienen en común, los iba a matar a los dos con un cuchillo. Como consecuencia de las agresiones sufridas, la mujer sufrió lesiones, conforme surge del certificado médico aportado en la causa.

El juez Ambrogetti consideró que“con el imputado condenado, y teniendo presente lo manifestado por la víctima en la audiencia realizada personalmente con ella, se garantizan los estándares mínimos exigidos (…) dado que se trata de una respuesta oportuna y efectiva , la víctima fue oída personalmente por el juez en relación a lo que se va a resolver, su opinión es coincidente con el acuerdo arribado por la partes,así como también se protege su intimidad y se evitar su revictimización , al no realizarse el juicio oral y público”.

Según los informes del Registro Nacional de Reincidencia, el imputado no registra antecedentes condenatorios.


Caso 2

Por otra parte, Ambrogetti condenó hoy a otro hombre, de 53 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de daño simple , a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.

Además le fijó las siguientes reglas de conducta a cumplir durante el plazo de dos años: fijar domicilio, y en caso de modificarlo avisar previamente al juez de ejecución o fiscal; prohibición de acercamiento a no menos de 200 mts. del domicilio actual de la víctima, , y/o de los lugares que habitualmente concurra la misma; prohibición absoluta de comunicación y contacto con la nombrada; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas; someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

La sentencia se dictó en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Luciano Rebechi, el defensor oficial Guillermo Costantino y el imputado quien reconoció su culpabilidad. La damnificada- su ex pareja- al vivir actualmente en otra provincia, manifestó su conformidad vía telefónica.

El juez dio por debidamente acreditado que el día 11 de julio de 2016 , luego de romper la persiana de la ventana del inmueble donde residía su ex pareja, el imputado arrojó por la misma hacia el interior de la vivienda un objeto en llamas que provocó un incendio en el domicilio en cuestión, generando múltiples daños materiales.

La inexistencia de antecedentes condenatorios por parte del imputado permitió dictar la condicionalidad de la pena.


Caso 3

El juez de control Heber Pregno condenó hoy a Marcos Gabriel Godoy, de 30 años, como autor material y penalmente responsable del delito de robo simple, a la pena de dos meses de prisión de ejecución condicional.

También le impuso al nombrado las siguientes reglas de conducta por el término de dos años : fijar residencia y someterse al cuidado del patronato y abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas.

La sentencia se dictó en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal interviniente Damián Campos, el defensor oficial Alejandro Caram y el propio imputado quien admitió su culpabilidad.

Con las pruebas incoporadas al legajo, quedó demostrado que en la madrugada del 01 de diciembre de 2017, el imputado ingresó al interior de un domicilio, previo haber forzado las trabas de seguridad de una ventana de la cocina y sustrajo un televisor Smart-TV y dinero en efectivo. El televisor en cuestión fue hallado en poder de otra persona quien manifestó haberlo comprado al imputado.


Caso 4

El juez de audiencia de juicio Marcelo Pagano condenó hoy a Ezequiel Domínguez, de 27 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de amenazas simple reiteradas -dos hechos-; a la pena de ocho meses de prisión en suspenso, la que unificada con la impuesta mediante un fallo anterior, de fecha 07 de diciembre de 2017, dictada por el mismo juez, compone la pena única de ocho meses de prisión en suspenso.

Además le dictó el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio; prohibición absoluta de comunicación y contacto por cualquier medio con las víctimas – dos socias dueñas de un comercio- y someterse a tratamiento psicológico, previo dictamen de profesional que acredite su necesidad y eficacia.

Con el material recolectado durante la investigación fiscal quedó demostrado que el 24 de septiembre de 2016, Domínguez, en evidente estado de alteración, se hizo presente en el comercio de las damnificadas, y al impedirle éstas el ingreso, comenzó a vociferar amenazas hacia las dos mujeres. Con posterioridad, pasó en moto en reiteradas oportunidades, amenazándolas con el dedo señalando como si fuera un revólver.

La sentencia del juez fue dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado, solicitado por el fiscal Guillermo Komarofky y la defensora oficial María José Gianinetto conjuntamente con el imputado.

El juez afirmó en su fallo que “se ha corroborado que las amenazas de muerte proferidas por el acusado han resultaron idóneas para producir en las víctimas el estado de alarma y temor requerido por el tipo penal, no sólo porque ellas así lo han manifestados, sino porque han señalado que cambiaron sus hábitos de vida a punto tal de cerrar su local más temprano”.

Pagano tuvo en cuenta como circunstancias agravantes la pluralidad de hechos y como circunstancias atenuantes la juventud del imputado y su escasa educación. También tuvo en cuenta que Domínguez “ registra como antecedente condenatorio una condena firme de ocho meses de ejecución condicional, de fecha 7 de diciembre de 2017, (…) y que los hechos ilícitos por el que se acuerda el presente juicio abreviado resulta de comisión anterior a la fecha de los hechos por los cuales fuera condenando mediante el fallo mencionado (13/11/2016 y 14/01/2017), es que en consonancia con lo solicitado en el acuerdo, unificaré ambas condenas fijando la pena única y total de ocho meses de ejecución condicional, con más las reglas de conductas solicitadas“.


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