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Tribunales Piquenses: dos condenas e inhabilitación especial para conducir por siniestros viales

Martes 19 de Junio de 2018 - 00:02:04
El juez de audiencia de juicio Carlos Federico Pellegrino condenó a Facundo Nahuel Escudero Ponteprimo, de 22 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de lesiones graves culposas por la conducción imprudente, negligente y/o antirreglamentaria de un vehículo automotor, a la pena de multa de seis mil pesos e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de dos años. Además el juez le impuso el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta, por el término de dos años: fijar domicilio y someterse al control de la unidad de abordaje, del Ente de políticas sociabilizadoras; asistir a un curso de conducción con especialización en seguridad vial y abstenerse de consumir en exceso bebidas alcohólicas y estupefacientes. Sigue en ver más...



La sentencia fue dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Luciano Rebechi, la defensora particular Carolina Maso, y el propio imputado quien admitió su responsabilidad. El damnificado también manifestó su conformidad al ser consultado por el magistrado.

El accidente ocurrió en la madrugada del 18 de octubre de 2015, cuando Escudero Ponteprimo se conducía bajo estado de ligera ebriedad por calle 116 y al momento de llegar a la calle 15 bis, giró sin la señalización exigida, lo que obstaculizó el desplazamiento de una motocicleta comandada por el damnificado y su novia, que venía por la misma arteria en sentido contrario, impactando sobre la misma. Como resultado de la colisión ambos motociclistas cayeron a la cinta asfáltica. El conductor de la motocicleta sufrió lesiones graves- ya que le requirieron más de 30 días de incapacidad para el trabajo- constatadas por certificado e informe médico.

El juez Pellegrino afirmó en su fallo que la causante del accidente “fue la conducta imprudente, negligente y antirreglamentaria de Facundo Nahuel Escudero Ponteprimo, (…) quién al llegar a la encrucijada debió extremar los recaudos necesarios para no obstaculizar el tránsito de terceros, habiéndose evitado de esta manera el accidente con las consecuencia de las lesiones graves sufridas por el damnificado”.

Por otra parte, en otro accidente de tránsito, el juez de control subrogante de audiencia de juicio Diego Ambrogetti condenó hoy a Rubén Ángel Gonzalez, de 28 años y a Raúl Antonio Gonzalez, de 61 años, como autores materiales y penalmente responsables del delito de lesiones graves culposas ocasionadas por la conducción imprudente, negligente y/o antirreglamentaria de un vehículo automotor – dos hechos-; a la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso, e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de cuatro años.

También le fijó a ambos imputados las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio y asistir a un curso de educación y capacitación para la conducción de vehículos automotores en la vía pública dentro del término del plazo establecido.

El siniestro ocurrió el día 30 de agosto de 2015, cuando Rubén Ángel González se conducía al mando de un vehículo Fiat Spazio y remolcaba de manera antirreglamentaria otro automotor conducido por Raúl Antonio González. En un momento se produjo un contacto entre los dos automóviles, lo que motivó que el conductor del Fiat Spazio perdiera el control direccional del vehículo e invadiera el carril contrario, resultando un obstáculo insalvable para la conductora del otro automotor que circulaba en sentido contrario, no pudiendo evitar impactar con el Fiat Spazio.

El fallo fue dictado en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado en este caso por el fiscal Hernán Cecotti, el defensor oficial Walter Vaccaro en representación de los dos imputados y los propios imputados. Los damnificados- la conductora del otro vehículo y su acompañante- no manifestaron oposición a la vía procesal elegida.


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