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Tribunales Piquenses: cuatro lecturas de sentencia, una de ellas con prisión efectiva

Martes 12 de Junio de 2018 - 22:26:29
Las mismas se dieron a conocer este martes en los Tribunales de General Pico y fueron difundidas por la Oficina Judicial. El juez Marcelo Pagano condenó a un hombre de 21 años a la pena de seis meses de prisión en suspenso por daño simple, violación de domicilio y lesiones leves calificadas por el vínculo". La jueza María Jimena Cardoso condenó a seis meses de prisión efectiva a un hombre de 20 años por "lesiones leves calificadas por el vinculo y robo simple", pena que se unificó con una anterior dictada por el juez Diego Ambrogetti. El juez Heber Pregno Jr. condenó a un hombre de 55 años por "lesiones leves calificadas por el vínculo" y le dio seis meses de prisión condicional. Finalmente, el juez Florentino Rubio declaró la responsabilidad penal de un joven de 16 años por "amenazas agravadas". Toda la info en ver más...


Fallo 1

El Juez de Audiencia de Juicio Marcelo L. Pagano condenó hoy a un hombre de 21 años de edad, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de daño simple, violación de domicilio y lesiones leves calificadas por haber sido cometidas contra la persona con quien mantiene o ha mantenido un relación de pareja, a la pena de seis meses de prisión en suspenso.

Pagano le impuso al imputado las siguientes reglas de conductas por el término de dos años:fijar residencia y no ausentarse sin previo conocimiento del Juez de Ejecución Penal; prohibición de comunicación y de acercamiento para con la víctima y su hermana- el juez hizo la aclaración que ésta última regla podrá ser modificada en el futuro en caso de que sea necesario para que el imputado mantenga contacto con su hijo menor de edad - y someterse a un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

El juicio oral se realizó en los días 4 y 7 de junio del corriente año, con la actuación unipersonal del juez Pagano, la intervención de la fiscal Ana Laura Ruffini y el defensor oficial Walter Vaccaro.

En el juicio quedó demostrado que el 9 de abril del año pasado, el imputado se hizo presente en el domicilio de su ex pareja, con quien tiene un hijo en común. Al llegar golpeó fuertemente una de las ventanas rompiendo uno de los vidrios, luego golpeó de manera insistente la puerta. La mujer le solicitaba que se retire del lugar. En esas circunstancias le pegó una patada a la puerta de entrada principal de la casa, produciendo la rotura de la misma. Logró ingresar a dicha vivienda, una vez adentro de la casa le pegó un golpe de puño en la boca a la damnificada y la sujetó del cuello.

El juez tuvo en cuenta como circunstancias atenuantes la falta de antecedentes condenatorios y su evidente escaso nivel intelectual, mientras que “como circunstancia agravante el hecho de que habrían existido hechos de violencia anteriores no denunciados, por lo que la damnificada se ha encontrado inmersa en una situación de violencia de género.”


Fallo 2

La jueza de control María Jimena Cardoso condenó hoy a un hombre de 20 años por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves calificadas por haber sido cometidas contra la persona que mantuvo una relación de pareja y por mediar violencia de género y robo simple; a la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento. Esta pena fue unificada con una anterior dictada por el juez de control Diego Ambrogetti, el 29 de septiembre del año pasado y consistente en seis meses de prisión en suspenso; razón por la cual compone una pena única de diez meses de prisión de efectivo cumplimiento.

De esta manera, la jueza le revocó la condicionalidad de la pena . El fallo fue dictado en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Luciano Rebecchi, el defensor oficial Alejandro Caram y el imputado. La damnificada al serle informadas las condiciones y alcances del acuerdo, manifestó su conformidad.

Con las pruebas incorporadas al legajo quedó demostrado que el 15 de abril de este año, el imputado se presentó en el domicilio de su ex pareja, donde agredió físicamente a la misma provocándole lesiones de carácter leves. Asimismo, en las mimas circunstancias mencionadas le sustrajo un teléfono celular.

La jueza Cardoso agregó en su fallo que “ninguna duda cabe que la violencia de género es una de las problemáticas más comunes en las relaciones interpersonales y es un flagelo en la sociedad por lo cual se deben promover acciones tendientes a erradicar todo tipo de violencia manifiesta contra el género femenino”


Fallo 3

El Juez de Control Heber Pregno condenó hoy a un hombre de 55 años como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo , a la pena de seis mese de prisión de ejecución condicional.

Además le impuso al nombrado las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio, y en caso de modificarlo avisar previamente al Juez de Ejecución o Fiscal; prohibición de acercamiento al domicilio de la víctima, o el que eventualmente fije, y/o de los lugares que habitualmente concurran la misma, como así también, prohibición absoluta de comunicación y contacto con la nombrada; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas; someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

Con las pruebas recolectadas durante la investigación fiscal preparatoria, quedó demostrado que el 25 de agosto de 2016, el imputado se encontraba en su domicilio junto a su familia y, previo a una discusión con su hija de 16 años, la golpeó con un hierro en la cabeza, produciéndole una lesión, la cual fue constatada con un certificado médico.

La sentencia fue dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Luciano Rebechi, el defensor Alejandro Caram y el propio imputado quien admitió la responsabilidad de los hechos. Las damnificadas, - la menor y su madre - al ser consultadas sobre las implicancias del acuerdo manifestaron “estar conformes con la realización del acuerdo, como así también con el monto de la pena y las condiciones acordadas”.

El juez Pregno agregó en su fallo que “ la violencia de género es una de las problemáticas más comunes en las relaciones interpersonales y es un flagelo en la sociedad por lo cual se deben promover acciones tendientes a erradicar todo tipo de violencia manifiesta contra el género femenino.”


Fallo 4

El juez de audiencia de juicio Florentino Rubio le declaró la responsabilidad penal a un joven que en el momento del hecho contaba con 16 años, como autor material del delito de amenazas agravadas.

El fallo fue dictado a raíz de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal Ivana Hernández, el defensor oficial Alejandro Caram, y el propio imputado quien admitió la culpabilidad de los hechos.

Las pruebas incorporadas a la causa corroboran que en la madrugada del 29 de Diciembre de 2016 el imputado y un acompañante interceptaron a otro joven- el damnificado-. El acompañante del imputado lo agredió físicamente con varios golpes de puño provocándole "hematoma en región infraocular derecha" . Ante tal agresión el damnificado salió corriendo y los dos agresores lo siguieron en una motocicleta. Al ver a la madre del damnificado que había salido a recibir a su hijo le hicieron señas y el imputado le manifestó desde la moto"te vamos a matar y a vos también" (refiriéndose a hijo y madre respectivamente). Luego descendió de la moto empuñando un arma de fuego con la que apuntó y apoyó en la cabeza de la madre del damnificado mientras manifestaba amenazas de muerte.

El juez Rubio manifiesta que como el imputado “contaba con 16 años de edad al momento de cometer el delito,(...) corresponde declarar su responsabilidad penal como autor material del delito de amenazas agravadas, remitiendo copia de esta sentencia al Juez de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes”.


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