Tribunales Piquenses: multa en efectivo e inhabilitación para conducir para un automovilista que fue chocado por una moto
Lunes 14 de Mayo de 2018 - 20:29:05
El juez de Control subrogante de la Audiencia de Juicio, Alejandro Gilardenghi, condenó a Víctor Vilchez como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones graves culposas agravadas por haber sido ocasionadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor; a las penas mínimas de multa de tres mil pesos e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por dieciocho meses.
Además, el juez le impuso a Vilchez las siguientes reglas de conducta, por el plazo de dos años: fijar domicilio o residencia; realizar un curso de educación y seguridad vial; someterse a la observancia de las reglas de conducta por el Juez de Ejecución Penal, y al cuidado y contralor del Ente de Políticas Socializadoras. Mayor información en ver más...
El juicio Oral se realizó el día 7 de mayo del corriente año, con la actuación unipersonal del Juez Gilardenghi, la Fiscal Ivana Hernández, la defensora oficial Dra. María José Gianinetto en representación de imputado y el Dr. Hugo Alberto Santamarina como patrocinante de la damnificada, la querellante particular.
El juez afirma en la sentencia que “ha quedado debidamente acreditado que el día 5 de junio de 2016, en un día que poseía buenas condiciones climáticas y de buena visibilidad, ambos vehículos conducidos por imputado y víctima se cruzaron en la intersección de calles 33 y 26, y sin que existan obstáculos para la visual de alguno de los intervinientes, el rodado menor -motocicleta- colisionó al de mayor porte -automóvil-a la altura de su puerta y guardabarros delantero derecho”. Como consecuencia de esta colisión, la víctima, que conducía la moto, golpeó con su cabeza el parabrisas del vehículo mayor.
Como el paso lo tenía la motociclista, el juez califica la conducta de Vilchez, conductor del automóvil, como “imprudente y antirreglamentaria”.
Sin embargo, el juez apunta también que “ la víctima del caso, también se condujo imprudente y antirreglamentariamente en el hecho. La joven, si bien poseía la prioridad legal de paso en la encrucijada, se condujo sin poseer licencia habilitante (nunca la tuvo, de acuerdo al informe del Tribunal de Faltas Municipal que obra en la causa), sin casco obligatorio -lo que de algún modo, a mi entender, se encuentra vinculado estrechamente con las lesiones que padeció a consecuencia de este evento, ya que sufrió un grave traumatismo encéfalo craneano-, y sin sistema de frenos traseros instalado en la motocicleta que condujo el día del hecho”.
En el alegato de apertura la Fiscal afirmó que acreditará que el imputado fue el autor del hecho que se investiga. Adhirió el querellante al planteo formulado por el Ministerio Público Fiscal.
Por su parte, la defensa del imputado dijo que acreditará la inocencia de su defendido y pidió la absolución del mismo.
Durante el juicio, la fiscal solicitó que al imputado “se lo declare autor del hecho relatado y se le aplique una pena de ocho meses de prisión en suspenso y la inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por un período de dos años, más la aplicación de reglas de conducta establecidas por el mismo término mínimo legal “. El querellante particular adhirió al alegato de la fiscal en cuanto a los hechos y la solicitud de pena.