Tribunales Santarroseños: condena en suspenso e inhabilitación para un hombre que protagonizó un siniestro vial donde murió un joven cerca de Santa Isabel
Viernes 9 de Marzo de 2018 - 20:22:52
El juez de audiencia de Santa Rosa, Andrés Olié, condenó este viernes a Cristian Jonathan Silva Ahuad, a la pena de tres años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación especial para conducir todo tipo de vehículo que requiera habilitación, por ser autor material y penalmente responsable del delito de homicidio culposo de Gabriel Angel Torres, de 21 años. Además le impuso, como reglas de conductas por dos años, las obligaciones de fijar domicilio -del cual no podrá ausentarse sin conocimiento de la autoridad judicial– y presentarse trimestralmente ante el Ente de Políticas Socializadoras. El hecho acreditado tras el juicio oral fue el siguiente: el 23 de febrero del año pasado, a la noche, el acusado -un comerciante y transportista de 30 años- conducía su Volkswagen Saveiro por la ruta nacional 143 a la altura del ingreso a la terminal de ómnibus de Santa Isabel y en sentido noroeste a sureste. “Al realizar la maniobra para bajar a la banquina del lado contrario a la de su circulación”, colisionó con la moto marca Yamaha 150 c.c. guiada por Gabriel Angel Torres, “produciéndose el impacto en el carril de circulación de moto”, dice el fallo. Como consecuencia del accidente, Torres sufrió lesiones que le provocaron la muerte. Mayor información en ver más...
“En el hecho investigado se dieron múltiples incumplimientos reglamentarios, pero estimo que solo uno de ellos guarda relación de causalidad con el resultado lesivo –señaló Olié–. Por una parte, el artículo 40 inciso a) de la Ley Nacional de Tránsito dispone, entre los requisitos para circular, que el conductor esté habilitado para hacerlo, condición que Torres no cumplía. Tampoco llevaba puesto el casco reglamentario”.
El juez señaló que con las pruebas incorporadas al legajo, “no me fue posible arribar a un dato cierto que me permita tener por seguro la velocidad a la que se conducían ambos rodados. De todas forma, aún estando a la velocidad que propone el perito de parte para la moto (65 kilómetros), no se trataría de una violación reglamentaria significativa, ya que la ley prevé una velocidad máxima de 60, salvo que existiera señalización en contrario, lo cual no fue acreditado en el debate”.
“Finalmente existió un incumplimiento reglamentario que fue determinante en la mecánica del accidente y que guarda efectivamente relación de causalidad con su resultado, puesto que si no hubiera existido”, difícilmente la colisión hubiera ocurrido, señaló el magistrado.
Olié se refirió “a la acción del acusado de invadir el carril contrario de circulación sobre la ruta 143, sin cerciorarse de que por él transitaba la moto conducida por Torres. Ello reproduce la hipótesis antirreglamentaria prevista por los artículos 39 b) y 80 c) de la Ley Nacional de Tránsito”.
Pena.
Con relación a la pena, el Ministerio Público Fiscal, a través de la fiscala de Victorica, Alejandra Gabriela Moyano González, y el querellante particular José Luis Olguín –en nombre de los padres de Torres– habían requerido cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo y siete de inhabilitación. “No obstante ello, estimo que hay circunstancias que debo considerar especialmente y que tendrán el efecto de atenuar la pena”, manifestó el juez.
Así, evaluó que Silva Ahuad no posee antecedentes penales y que se trata de un hombre con hábitos laborales y familia constituida en Santa Isabel, “lo cual nos coloca frente a una persona respecto de la cual la pena de cumplimiento efectivo difícilmente pudiera tener algún efecto positivo, cualquiera sea el fin que se le asigne a ella”.
“Pero muy especialmente debo tener en cuenta que la extensión del daño estuvo determinado no solo por la violación al deber de cuidado del acusado, sino también por la conducta de la propia víctima al no usar el casco protector, tal como lo exige la reglamentación vial –subrayó el juez– (…) Precisamente, conforme la autopsia, el fallecimiento de Torres se produjo por la hemorragia masiva intracraneal producto del golpe en la cabeza, sobre el cual no podemos asegurar, pero sí estimar en base a la experiencia, que el uso del casco hubiese atenuado las consecuencias lesivas”.