La Pampa: el TIP confirmó una sentencia por abuso sexual que se dictó en General Pico
Jueves 1 de Marzo de 2018 - 18:10:44
El Tribunal de Impugnación Penal confirmó una condena a seis años de prisión contra J.L.Z., por abuso sexual con acceso carnal, al no hacer lugar al recurso de impugnación presentado por su defensa. La resolución del TIP fue firmada por los jueces de la Sala B, Fernando Rivarola y Mauricio Piombi.
Así, el tribunal ratificó en un todo el fallo del juez de audiencia de General Pico, Marcelo Pagano, quien el 23 de noviembre pasado, tras el juicio oral, había dado por probado que el imputado –un jornalero de 52 años–, “bajo amenazas de atentar contra la vida de su madre y su hermana”, obligó a una menor de 13 años a dirigirse a su vivienda –situada en un pueblo del interior– y allí abusó de ella “contra su voluntad y bajo amenazas” entre la noche del 21 de febrero de 2016 y la madrugada del 22. La víctima recién pudo irse de la casa del acusado cuando éste se durmió. Mayor información en ver más...
La impugnación había sido presentada por la defensora oficial María José Gianinetto, aduciendo que existió una errónea valoración de la prueba. Ella pidió la absolución del imputado y dijo que la fiscalía no había demostrado con el grado de certeza necesaria que aquél haya sido el autor del hecho.
Rivarola, autor del primer voto, al que adhirió Piombi, señaló que el acceso carnal quedó probado con el informe del médico forense Rubén Armando Francisco Bocchio, quien examinó a la menor, y además le sumó la declaración testimonial de la bioquímica María Cecilia Bobillo, responsable del Laboratorio de Genética Forense, quien realizó el estudio genético. La conclusión fue que no quedaron dudas que los perfiles genéticos correspondieron al imputado y a la víctima.
“Desde ya que en este tipo de hechos delictivos es muy difícil acreditar con testimonios certeros los abusos cometidos; no obstante ello surge de la realización de la Cámara Gesell y también de la entrevista realizada por la psicóloga que la menor, encontrándose en un espacio de diálogo, no hizo más que reflejar con verdad lo que le había ocurrido”, indicaron los jueces.
“Es decir que los testimonios de la menor, en conjunto con el resto del plexo probatorio, teniendo en consideración el tipo de delito que estamos analizando, nos hace confirmar el razonamiento vertido por el juez Pagano al dictar sentencia”, agregaron.