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Tribunales Santarroseños: tres años de prisión efectiva para un padre que abusó de su hija

Martes 19 de Diciembre de 2017 - 18:36:11
El juez de audiencia de Santa Rosa, Daniel Sáez Zamora, condenó a un padre a tres años de prisión de cumplimiento efectivo, por ser autor de los delitos de abuso sexual simple doblemente agravado –por el vínculo y la relación de convivencia preexistente– y lesiones leves calificadas por el vínculo, en concurso real, en perjuicio de una hija de 14 años. Además enmarcó esas conductas en la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres. El magistrado, con las evidencias reunidas durante el juicio oral, dio por probado que entre junio y julio del año pasado, en la vivienda del grupo familiar, y aprovechando que la madre de la niña no estaba, le dijo a su hija que fuera a su habitación. “Allí la tomó de la mano, luego la acostó boca arriba sobre la cama y, pese a que ella intentó salir de la situación, el imputado se le subió encima y comenzó a realizarle tocamientos (…) mientras la besaba por distintas partes del cuerpo y le decía ‘te quiero comer toda’”, indicó Sáez Zamora en la sentencia. Mayor información en ver más...


“La niña pudo salir de la habitación cuando el otro hijo de imputado se dirigió desde el comedor de la vivienda al baño, aduciendo que tenía mal aliento. No obstante ello, el acusado –luego de lavarse los dientes–, insistió llamando a la víctima y ella hizo caso omiso”, agregó.

Con posterioridad, el día 25 de septiembre, al ser confrontado por su pareja sobre los tocamientos efectuados a la menor –y en presencia de la propia víctima–, el padre arremetió contra ellas, tomó a su hija del cuello y la golpeó, provocándole un corte en los labios superior e inferior.

Sáez Zamora, en la parte resolutiva del fallo, también dispuso poner en conocimiento de la Oficina de la Mujer y Violencia Doméstica los antecedentes de estos hechos “a los fines de realizar un eventual abordaje y seguimiento de la situación expuesta”.

Alegatos y fundamentos.

Durante los alegatos, el fiscal Andrés Torino pidió una pena de cuatro años y seis meses de prisión por las mismas figuras penales por las que el imputado fue condenado; mientras que el defensor particular, César Augusto Rodríguez, había solicitado la absolución por el principio de la duda y, subsidiariamente, pidió que en el caso de las lesiones se le aplique la sanción mínima.

El juez, al evaluar la fijación de la pena, consideró a favor del reo su falta de antecedentes penales, la mantención de un trabajo estable, su juventud –es un empleado de 36 años– y el tratamiento psicológico que está realizando y que –según testificó la profesional que lo atiende– le habría permitido tomar “medianamente conciencia” de lo sucedido.

En cambio, valoró negativamente las consecuencias que los hechos produjeron en la psiquis de una niña que está “en pleno proceso de crecimiento” –ella habló en su declaración en Cámara Gesell de un contexto de violencia familiar y dijo que le tenía miedo al padre– y que el daño se extendiera a todo el núcleo familiar.

“El registro de audio realizado por la niña expone gravemente el grado de violencia proveniente del acusado hacía la víctima y todo el grupo familiar, lo que me permite inferir que el daño que se hizo fue mucho más profundo que lo que fríamente se pudo observar en la audiencia de juicio oral”, expresó el juez

“La actitud posterior del acusado, al intentar manipular la situación a su favor en forma violenta –tanto verbal como física–, y la motivación que tuvo para realizar estos hechos contrarios a la ley penal, me permiten sostener que existieron componentes conductuales adicionales de mayor lesividad hacia la víctima y su familia. Ese plus en su conducta demuestra un mayor grado de reprochabilidad de sus acciones”, concluyó.


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