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Tribunales Santarroseños: emitieron seis condenas por agresiones contra mujeres, sólo una con prisión efectiva

Martes 19 de Diciembre de 2017 - 18:28:21
Entre el viernes y el lunes, cinco jueces santarroseños dictaron seis condenas por agresiones a mujeres. Todas las causas se resolvieron por la solución alternativa del juicio abreviado y, en una de ellas, la sanción fue una pena de cumplimiento efectivo. Así, el juez de control, Nicolás Casagrande Lorences, condenó a Lisandro Andrés Rojas a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por resultar autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo y amenazas simples en concurso real, hechos que fueron valorados en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres. La resolución fue consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado propuesto por el fiscal Marcos Sacco, el defensor particular Luciano Di Nápoli y el propio imputado, un comerciante de 44 años. La víctima también dio su aprobación. Sigue en ver más...



En la causa quedó probado que hace tres meses, el 16 de septiembre, Rojas mantuvo una discusión con su pareja, en la vivienda que compartía, al comunicarle que finalizaría con la relación. Posteriormente la mujer se fue hasta lo de una amiga para que él pudiera retirar sus pertenencias.

Eso fue a media tarde. En los primeros minutos del día siguiente, Rojas comenzó a enviarle mensajes de texto a la víctima, insultándola y reclamándole por un auto. A las 5.30 la mujer llegó a su domicilio en taxi –porque había dejado el automotor en lo de la amiga– y al ingresar se encontró con el acusado, quien volvió a reclamarle por el vehículo.

Rojas se ofuscó ante la respuesta de su ex pareja, le dijo “te voy a hacer mierda” y la tiró sobre la cama, tapándole la boca, lo que le impedía respirar. “Te voy a destruir, querés jugar a quién la tiene más larga” (sic), expresó el agresor. Luego se produjo un forcejeo cuando ella intentó sacárselo de encima. En ese momento el imputado le mordió tres dedos de una mano, la mujer sangró y empezó a gritar.

En esas circunstancias se despertaron las hijas de la mujer y una de ellas se interpuso entre ambos, pidiéndole a Rojas que se retirara; mientras otra llamó a su padre y a la policía. Una testigo señaló que el acusado ejerció violencia en forma sistemática sobre la víctima, lo que permitió contextualizar el hecho bajo las previsiones de la ley 26.485.

Ocho meses.

Por su parte, el juez de control, Néstor Daniel Rali, condenó a Pablo Roberto Ferretti a ocho meses de prisión de ejecución condicional, como autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves calificadas y amenazas simples, en concurso real.

El magistrado acreditó que el 20 de noviembre del año pasado, a la madrugada, el acusado le propinó varios golpes en el pómulo izquierdo a su ex pareja, mientras le decía “me estás mintiendo… me estás mintiendo” y “sos una hija de… mentirosa”. Luego reingresó a la vivienda y la tomó del cuello. Cuando lo detuvo la policía, la amenazó expresándole que si la encontraba nuevamente, la mataría.

El fiscal Walter Martos, el defensor particular José Mario Aguerrido y el imputado, un empleado de 45 años, alcanzaron una solución alternativa al conflicto presentando un acuerdo de juicio abreviado, que también contó con el consentimiento de la damnificada.

En él también convinieron que, durante dos años, Ferretti debe fijar domicilio, someterse al contralor de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley penal, y abstenerse de relacionarse de modo alguno con la víctima; bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la sanción.

Unificada en un año.

El juez de audiencia, Carlos Besi, condenó a Claudio Gustavo Fischer a un año de prisión de ejecución condicional, por los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja y amenazas simples en concurso real.

A su vez le unificó esa sanción con otra anterior de un año en suspenso –dictada el 7 de noviembre pasado– en una pena única de un año de ejecución condicional, de acuerdo a lo convenido en el proceso de juicio abreviado que presentaron el fiscal Walter Antonio Martos, la defensora oficial Mariel Annechinni y el propio imputado, un gasista de 47 años con antecedentes penales, debido a que el hecho investigado fue anterior a la citada condena.

En el legajo se probó que el 18 de julio de 2014, Fischer se encontraba en el domicilio conyugal junto a su pareja y mantuvo una discusión con ella por llamarle la atención a su hijo. “De forma repentina, tomó un caño negro y le propinó un golpe en la cabeza, precisamente en el oído izquierdo, provocándole un corte y además le dijo que se fuera porque sino ‘te voy a cagar matando’”, según puede leerse en la sentencia.

En la otra causa, también a un año en suspenso por lesiones y daño simple, se había probado que el 8 de octubre de este año fue a esperar a su ex pareja en la puerta de su casa. Cuando ella le preguntó qué hacía allí, él respondió que se había olvido la mamadera y el teléfono de los hijos. La mujer le pidió que se retirara porque sino llamaría a la policía.

Cuando la víctima entró a la vivienda, Fischer pateó la puerta de ingreso, fue hasta una ventana de la cocina, rompió un mosquitero, astilló el vidrio y le expresó a la agredida: “te voy a volar la tapa de los sesos”.

Besi le impuso al acusado las obligaciones fijar domicilio, someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de relacionarse con la víctima, no acercarse a menos de 200 metros de ella y su domicilio y someterse a un tratamiento psicológico.

Seis meses.

También Besi, condenó a Bruno Max Loto a seis meses de prisión en suspenso, como autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja previa y amenazas simples en concurso real, encuadrándolos en los presupuestos de la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.

Hace menos de un mes, el 26 de noviembre a la madrugada, el acusado llegó al domicilio de su pareja y comenzó a discutir porque ella quería concluir con la relación que mantenían desde hacía un año. La mujer le pidió a Loto que se retirara de su vivienda y éste se enojó, “la tomó del cuello y la arrojó a la cama, propinándole un golpe de puño en el rostro”, según dice el fallo.

La víctima intentó defenderse y, en esas circunstancias, apareció un vecino y le dijo al imputado que había avisado a la policía. Así, el agresor cesó en su conducta y fue detenido en el exterior del inmueble.

Además le fijó las siguientes obligaciones por dos años: fijar domicilio, someterse al contralor del Ente de Políticas Socializadoras y abstenerse de relacionarse de modo alguno con la víctima, ni acercarse a menos de 200 metros de ella.

El abreviado fue convenido entre el fiscal Andrés Torino, la defensora oficial Paula Arrigone y el imputado, un albañil de 27 años. La víctima –que dio su consentimiento al acuerdo– sufrió una herida cortante en el labio y contusiones y hematomas en el arco superciliar izquierdo, en las regiones cervical y torácica y en el parietal izquierdo.

“Te voy a matar”.

A su vez, el juez de audiencia, Gastón Boulenaz, condenó a Yahir Asaih Sol a seis meses de prisión en suspenso, por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja y amenazas simples, concursando ambos en forma real, y se la unificó con otra anterior de un mes en suspenso en una pena única a seis meses de ejecución condicional.

El fallo fue dictado a partir de un acuerdo de juicio abreviado rubricado por el fiscal Andrés Torino, el defensor oficial Pablo De Biasi y el imputado, un jornalero de 25 años. Este admitió que el 9 de junio de 2015 discutió con su entonces pareja, la tomó fuertemente de los cabellos, la arrojó al piso y con sus manos la golpeó en la cabeza. Ante esa situación, la víctima llamó a la policía y el agresor, antes de irse, le manifestó: “te voy a matar, no te voy a dejar tranquila”.

En la solución alternativa al conflicto también se convino que, durante dos años, Sol deberá fijar domicilio, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras y abstenerse de relacionarse de modo alguno con la víctima. Ella dio su consentimiento al acuerdo alcanzado por las partes.

Sol, en la otra sentencia, había recibido un mes de prisión en suspenso porque el 27 de junio de 2015 había sustraído un celular de un comercio céntrico, sin ejercer fuerza ni violencia.

Por tres delitos.

Finalmente, el juez de control, Gabriel Tedín, condenó a David Torres a un año de prisión en suspenso, por los delitos de amenazas calificadas por el uso de arma, daño simple y hurto simple en concurso real, enmarcados en la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres”. Además lo obligó a que, durante dos años, deba fijar domicilio, no relacionarse con la víctima y realizar un tratamiento psicoterapeútico.

El hecho probado ocurrió hace tres meses. El 23 de septiembre, Torres se apersonó hasta la casa de su ex pareja para visitar a una hija que tiene en común y se enojó porque ante un pedido suyo, la mujer no quiso reiniciar la relación. Ante ello, la damnificada le solicitó que se fuera.

El acusado tomó las llaves de la vivienda y se retiró, pero después regresó con una cuchilla y le dijo a la víctima que la mataría y que luego se mataría él. La mujer pudo calmarlo y le pidió a ayuda a un hermano de Torres, que vive enfrente.

Cuando ella volvió se encontró con que el imputado había dañado con un objeto corto-punzante un colchón de dos plazas, una carrito de bebé, un televisor y varias prendas de vestir. También observó que se había llevado un decodificador y un cuchillo tipo carnicero.

Tedín dicto el falló luego de que el fiscal Andrés Torino, la defensora oficial Silvina Blanco Gómez y el imputado, un albañil de 25 años, llegaran a un acuerdo de juicio abreviado.


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