Tribunales Santarroseños: dos condenas por abusos sexuales
Lunes 6 de Noviembre de 2017 - 18:39:12
El juez de audiencia, Carlos Alberto Besi, condenó a un jornalero de 54 años, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por ser autor del delito de abuso sexual simple agravado por haber sido cometido contra menores de 18 años aprovechando de la situación de convivencia preexistente con ellas, como delito continuado, en dos hechos independientes entre sí concursando en forma real. Las víctimas fueron las nietas de su pareja.
La sentencia de Besi fue dictada en el marco de un juicio abreviado acordado entre el fiscal Walter Antonio Martos, el defensor particular Gastón Gómez y el imputado. La madre de las víctimas también dio su conformidad al ser notificada del acuerdo.
En el legajo quedó acreditado que el acusado efectuó tocamientos a dos nietas de su pareja de 6 y 12 años cuando ellas se encontraban al cuidado de su abuela. Los abusos fueron cometidos cuando la abuela y la madre de las víctimas no se encontraban en la vivienda familiar. Mayor información en ver más...
Además en el abreviado se le fijaron al jornalero el cumplimiento de las siguientes pautas de conducta durante tres años: fijar residencia, someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal, abstenerse de relacionarse de modo alguno con las menores –más una restricción de acercamiento a menos de 200 metros de ellas y su domicilio–, y someterse a un tratamiento psicológico relacionado con la problemática por el cual será condenado.
Entre las pruebas presentadas a Besi figuran el acta de denuncia del 1 de diciembre de 2015, un diario íntimo, informes de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia y de la Oficina de Atención a la Víctima y los Testigos y las entrevistas en Cámara Gesell. La psicóloga que interrogó a ellas en ese ámbito le dio credibilidad a ambas declaraciones.
Otro caso.
Por su parte, el juez de audiencia, Gastón Boulenaz, condenó a un comerciante de 35 años, como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple cometido contra un menor de 13 años, a un año y seis meses de prisión en suspenso y le impuso el cumplimiento de reglas de conducta por dos años (fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras y abstenerse de relacionarse con la víctima por cualquier medio).
Tras el juicio oral, Boulenaz dio por probado que el 17 de marzo de 2015, y mientras se encontraba en su propio local comercial –ubicado en un pueblo del interior provincial–, el acusado efectuó tocamientos a una niña que por entonces tenía seis años y que se hallaba jugando con su hijo.
Durante los alegatos, el fiscal Walter Martos había pedido que se le imponga una sanción de dos años de prisión de ejecución condicional y pautas de conducta durante cuatro años. Dijo que la conducta ilícita quedó demostrada ya que “no existió un tiempo en la niña de poder evaluar o inventar una situación”, sino que ella inmediatamente se lo contó a su madre y ésta –cuyo domicilio laboral se encuentra al lado del negocio– fue a pedirle explicaciones al agresor.
El defensor oficial, Pablo De Biasi, en cambio, se pronunció por la absolución al entender que su defendido debía ser beneficiado por el principio de la duda aduciendo que no se probó la culpabilidad. Sostuvo que fue imposible que materialmente el delito pudiera cometerse porque a la hora del hecho había “un flujo importante de gente en el negocio, la puerta y las ventanas estaban abiertas y la empleada estaba ahí”.
Para fijar la pena, Boulenaz consideró como atenuantes la falta de antecedentes penales del acusado y que posee un trabajo mediante el cual se procura su sustento y ayuda a su familia; y como agravantes que se trata de una persona instruida –“por lo que es esperable un mayor grado de reflexión e internalización de la conducta desplegada”– y el grado de indefensión y de vulnerabilidad de la menor en atención a la desproporción de edades.