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Tribunales Santarroseños: prisión efectiva para un hombre que golpeó a su pareja en Puelches

Martes 24 de Octubre de 2017 - 19:23:26
La jueza de audiencia santarroseña, Alejandra Flavia Ongaro, condenó a Gabriel Alejandro Escudero, como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por la situación de convivencia preexistente con la damnificada, hecho valorado en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, a la pena de seis meses de prisión y le unificó esa sanción con otra anterior en una pena única a un año de prisión de cumplimiento efectivo. El fallo dictado por Ongaro fue consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre el fiscal de General Acha, José Luis Coito, el defensor oficial Sebastián Martín Maldini y el propio imputado, un trabajador rural de 34 años que actualmente está cumpliendo una condena en la alcaidía de esa ciudad. La víctima también dio su consentimiento e indicó que el acusado no volvió a molestarla. Mayor información en ver más...


En el expediente se probó que el 27 de junio del año pasado en Puelches, a la madrugada, Escudero agredió físicamente a su pareja “dándole golpes de puño que impactaron sobre el pecho y la espalda, ocasionándole las lesiones detalladas en el certificado médico”. Luego le dijo: “Andá a hacer la denuncia que se pudre todo, a mí no me importa nada, que me vengan todos los milicos”, por lo que se retiró de la vivienda arrojándole una piedra que no llegó a impactar en la mujer.

Analizada la prueba reunida y valorada conforme a las reglas de la sana crítica, Ongaro –más allá de la confesión del acusado– dio por acreditado “las circunstancias de lugar, tiempo y modo” en que se produjo la agresión y señaló que las lesiones constatadas en la víctima fueron “el resultado directo y único de la violencia ejercida por parte de Escudero, con voluntad inequívoca de producir ese ataque físico”.

El imputado ya había sido condenado el 5 de junio pasado por el delito de lesiones graves en agresión a una pena unificada de un año de prisión de cumplimiento efectivo, por lo que ahora las partes acordaron que se unifique esa sentencia con la de Ongaro en una pena única de un año de prisión efectivo.


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