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Tribunales Santarroseños: trece años de prisión efectiva para otro "padre" que abusó de su hija

Jueves 10 de Agosto de 2017 - 14:58:13
El juez de audiencia, Miguel Gavazza, condenó a un padre de 48 años a la pena de 13 años de prisión, como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual agravado por acceso carnal por ser el autor el progenitor de la víctima, como delito continuado, y le mantuvo la prisión preventiva hasta la finalización del proceso. Gavazza, tras el juicio oral, dio por probado que entre agosto y diciembre de 2015 el imputado comenzó a trabajar en un establecimiento rural cercano a Santa Rosa y que vivía allí. Su concubina, de la que estaba separado, se domiciliaba en la ciudad junto a los dos hijos de ambos, quienes los fines de semana visitaban al padre.

En un primer momento los tres dormían juntos en el campo, pero por cuestiones de comodidad, el hijo pasó a hacerlo en un colchón en la cocina y el acusado se quedó con su hija –en ese momento de 12 años– en la cama del dormitorio. En esas circunstancias, la niña fue abusada sexualmente por su padre biológico a través de tocamientos y de penetraciones. La denuncia fue presentada el 7 de septiembre del año pasado. Durante los alegatos, el fiscal Marcos Sacco solicitó una sanción de 15 años para el acusado, y la defensora particular, Vanessa Ranocchia Ongaro, planteó la absolución por considerar que era inocente.

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El padre, al declarar en el juicio, negó los hechos por los que fue acusado y dijo que la “bruja” de la madre “le llenó la cabeza” a su hija. Agregó que el crió otras hijas de su ex concubina y que en la casa del campo siempre durmió junto a sus dos hijos.

La mujer, que habló en calidad de testigo, indicó que cuando su hija le relató lo que había pasado, ella no quiso preguntar mucho porque “casi me muero”. Contó que los niños querían mucho al padre y que la víctima estaba muy orgullosa de él. Además relató que era ama de casa y que vivía del dinero que el acusado le suministraba, pero que luego de la denuncia dejó de enviarle plata.

Las profesionales que se entrevistaron con la niña –testificó en Cámara Gesell– expresaron que brindó un relato “muy claro, ya que dijo lo que le pasó y quién fue el autor” del delito. Aportó detalles, indicó dónde, cómo y cuándo fueron, y contextualizó las situaciones de abuso.
Los testigos de la defensa, familiares y amigos del imputado, hablaron muy bien de él.
Sostuvieron que era imposible que hubiera abusado de su hija y que los chicos se desvivían por él y él por ellos. Su hermana aseguró que ponía las manos en el fuego y el dueño del establecimiento rural afirmó que no nunca vio nada sospechoso.


Fundamentos.

Sacco remarcó que si bien “los testigos de la defensa hablaron muy bien” del acusado, “no pudieron aportar ningún dato objetivo respecto de los hechos” investigados, y que el acceso carnal quedó acreditado “con los certificados médicos y la historia clínica de la niña”.

La defensora Ranocchia Ongaro planteó que las pruebas fueron insuficientes para dictar una condena. Cuestionó a la madre de la víctima porque brindó “un relato desensibilizado, pues habló de lo que le habría ocurrido a su hija como si le hubiera sucedido a una vecina” y lo calificó de ambiguo y extraño.

“Aparece por un lado como una mamá que se preocupa por su hija y, por otro lado, no la cuida, ya que no pudo precisar cuándo fue la primera vez que la niña se indispuso; y terminó asumiendo que nunca la había llevado a un médico”, indicó.

A su turno, el juez Gavazza concluyó que “resulta evidente a todas luces que el relato de la víctima fue el fiel reflejo de lo ocurrido” y que ella “describió minuciosamente la manera en que era tocada, cómo se alejaba de la cercanía que su padre le exigía, y la forma autoritaria en que éste la obligaba a acercarse cada vez más”.

Además resaltó “los actos previos para lograr la clandestinidad propia de estos delitos”, ya que el acusado “hacía dormir a su hijo en la cocina, con el televisor prendido, para poder proceder en la forma indecorosa que lo hacía con su hija. Con esto estamos diciendo que en su pensamiento estaba la elaboración de una situación propicia para desarrollar su accionar. No fue el abuso una circunstancia del momento. Muy por el contrario, fue planeada para encontrar el lugar y el momento preciso de abordar a su hija y practicar el abuso sexual”.

Con relación a la versión del padre de que la “bruja” de la madre influyó en la niña, el juez la descartó de plano. “Pienso exactamente lo contrario. La declarante no se ocupó de proferir insultos ni agravios en contra del imputado. Muy por el contrario, manifestó que era un buen padre; por lo que considero que no incidió para nada en el ánimo de su hija para que declarara contra su padre”.


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