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Tribunales Santarroseños: trece años de prisión para un padre que abusó de su hija

Martes 25 de Julio de 2017 - 14:30:16
El juez de audiencia, Daniel Alfredo Sáez Zamora, condenó este martes a 13 años de prisión a un hombre de 43 años como autor material y penalmente responsable de los delitos de amenazas simples contra su ex pareja, y de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por ser ascendiente de la víctima y el aprovechamiento de la convivencia preexistente con una menor de 18 años como delito continuado, en perjuicio de una hija, en concurso real. Sáez Zamora ya había declarado al imputado, en una audiencia realizada el 21 de junio, como autor de esos hechos, pero este martes después del mediodía le impuso la sanción luego que a primera hora se efectuara la audiencia de cesura, donde cada una de las partes alegó sobre la pena. Allí el fiscal Andrés Torino había requerido 18 años de prisión y el defensor oficial, Pablo De Biasi, la pena mínima de 8. La denuncia penal había sido promovida por las autoridades del colegio donde asistía la niña. Mayor información en ver más...


El debate se dividió en dos partes –de acuerdo al artículo 352 del Código Procesal Penal de La Pampa– porque la cesura es una alternativa cuando la calificación jurídica de la acusación prevé para el imputado una pena mayor a seis años.

La fiscalía –en la audiencia de la mañana– consideró como agravantes la edad de la niña, el daño físico y psíquico provocado en ella y la reiteración de los hechos en el tiempo, entre otros considerados; y como atenuantes la falta de antecedentes penales y ser el sustento familiar con su trabajo. La defensa alegó, entre otras cosas, que no podía verse como un agravante, sino por el contrario debería valorarse como un atenuante, que el acusado no sepa leer ni escribir y tenga un bajo nivel cognitivo.

El magistrado, para fijar la pena, evaluó a favor del imputado los testimonios positivos sobre cómo es como persona, vecino y trabajador, y su baja escolarización. Incluso un informe del psiquiatra forense concluyó que posee poca estimulación cognitiva y que, con el debido esfuerzo, podría internalizar mejor ciertas normas de convivencia social.

“Así, el hecho de anunciar un mal futuro y grave a su ex pareja implica que no tiene capacidad de resolver las situaciones conflictivas en forma pacífica, circunstancia corroborada por el informe psiquiátrico”, indicó Sáez Zamora. “Evidentemente no ha tenido el manejo para enfrentar y lograr una solución ante circunstancias frustrantes o de conflicto”, acotó.

Con respecto a los abusos, el juez tuvo en consideración negativamente que fueron reiterados y se extendieron en el tiempo, y que con su accionar “condicionó a la niña el despertar y la posibilidad de elegir libremente su sexualidad”. A su vez consideró que “durante su encierro, el imputado tendrá la posibilidad de completar el ciclo educativo obligatorio y así mejorar su nivel cognitivo. También podrá internalizar normas de convivencia”.

Sáez Zamora dio por demostrado que el padre “efectuó en múltiples oportunidades manoseos en las partes íntimas” de su hija de 12 años, y “también la accedió sexualmente con penetración”, mientras estuvo a cargo de sus hijos entre septiembre u octubre de 2015 y noviembre del año pasado.

Los hechos ocurrieron en el domicilio del acusado, donde la menor estaba viviendo circunstancialmente. La niña y sus hermanos convivían con la mamá –el padre había sido excluido–, pero por razones de fuerza mayor en esa época no estaban con ella. Los hechos sucedieron en un contexto de “violencia de toda índole” y “un alto grado de vulnerabilidad para los hijos”.

En el otro expediente se probó que el 19 de abril de 2015, el acusado se hizo presente en la vivienda de una amiga de su ex pareja –madre de la niña– y, luego de una discusión, le dijo a ésta última: “si te encuentro en la calle te voy a matar” y “andá si querés a denunciarme, con más razón te voy a mandar adonde está tu abuela, a los pinos…”.


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