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Tribunales Santarroseños: prisión efectiva para uno y en suspenso para otro por hechos delictivos en Eduardo Castex

Martes 27 de Junio de 2017 - 18:37:31
La jueza de audiencia, Elvira Rossetti, condenó a Brian Ezequiel Puebla a dos meses de prisión de cumplimiento efectivo como autor de los delitos de robo simple y hurto simple, y le unificó esa sanción con otra anterior a un año en suspenso, en una pena única de un año de cumplimiento efectivo. A su vez condenó a Marcelo Horacio Borda a dos meses de prisión en suspenso por hurto simple y le impuso, como reglas de conducta por dos años, la obligación de fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras y abstenerse de “extremar la ingesta de bebidas alcohólicas”. El fallo de Rossetti fue dictado a partir de un acuerdo de juicio abreviado suscripto entre el fiscal Carlos René Ordas, la defensa oficial Mariel Annecchini y los dos imputados. Puebla, de 22 años, es tractorista y registra antecedentes penales; Borda es un jardinero de 23. Los hechos ocurrieron en Eduardo Castex. Mayor información del caso en ver más...


En una de las causas se probó que el 4 de noviembre de 2013, Puebla violentó la reja de una ventana que daba al depósito de un supermercado y “sustrajo una canasta de mimbre con variedad de embutidos, un queso de máquina en barra, una bondiola y un trozo de panceta arrollada”. En el lugar encontraron huellas digitales del acusado.

En el segundo expediente quedó demostrado que el 25 de julio de 2015, a las seis de la mañana, Puebla y Borda, “sin ejercer fuerza ni daño alguno” sustrajeron de una obra de construcción “un martillo hidráulico, una circular y dos amoladoras”. Un testigo avisó a la policía que los vio salir del lugar en una moto azul conducida por Puebla, mientras que Borda iba atrás con herramientas en sus manos. Cuando la policía allanó el domicilio de Puebla halló una moto azul y, en un terreno lindante a la vivienda de Borda, un martillo “amarillo con piezas de aluminio y mango negro”, igual al que habían robado.

Con relación a la actuación de Puebla en el segundo ilícito, la jueza dijo que “el delito, tal como ha sido perpetrado, revela el aprovechamiento de la ausencia de protección o defensa de los bienes. Esta circunstancia debe considerarse como una indiferencia por parte del imputado acerca de la responsabilidad que le cabe ante la consumación de un ilícito. Digo esto, ya que cuenta en su haber con una sentencia condenatoria en suspenso, razón por la cual la que se aplique en esta oportunidad lo será de efectivo cumplimiento y advertencia, de las consecuencias cada vez más graves en su vida futura si no encausa su modo de vida alejándose del camino del delito”.

El 10 de marzo de 2015, en otro juicio abreviado, el juez de audiencia de General Pico, Florentino Rubio, había condenado a Puebla a un año de prisión en suspenso por ser autor de hurto calificado. ¿Qué hizo? El 23 de noviembre de 2014, a la mañana, a la salida de un boliche de Intendente Alvear, había tomado una camioneta Hilux que estaba en marcha y con las llaves colocadas, volcando a unos 500 metros.


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