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Tribunales Santarroseños: tres años en suspenso y siete de inhabilitación por un homicidio culposo

Lunes 29 de Mayo de 2017 - 11:25:54
El juez de audiencia, Carlos Alberto Besi, condenó a Pedro Daniel Morales, a tres años de prisión en suspenso y siete de inhabilitación para conducir toda clase de vehículo motorizado, por ser autor del delito de homicidio culposo. La víctima fue Tamara Anahí Simón, de 19 años.

Además le impuso como reglas de conducta, durante tres años, la obligación de fijar residencia y someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal, bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena en caso de incumplimiento.

En el tercer punto de la parte resolutiva, Besi ordenó que, una vez que quede firme el fallo, se comunique la inhabilitación a la Dirección General de Asuntos Municipales, a la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Santa Rosa, al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito y al departamento de Operaciones Policiales.

La sentencia fue dictada a partir de un acuerdo de juicio abreviado presentado conjuntamente por el fiscal Carlos Ordas, el defensor oficial Martín García Ongaro, el imputado -un empleado de 25 años- y el querellante particular Luciano Sacco, en nombre la madre de la víctima. A su vez Sacco informó que el padre, que también se había presentado como querellante, expresó su desinterés por proseguir con las actuaciones.

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En el legajo quedó probado que el 15 de septiembre de 2013, a las 17.30, Morales conducía una moto Honda CBX 250 cc. sin el casco colocado por “el carril antirreglamentario” de la calle Paraná, acompañado por Simón, y al llegar al cruce con Maipú colisionó con una camioneta Chevrolet S10 guiada por Luis Alberto Rodríguez. A raíz de la colisión falleció la joven.

Besi consideró que a Morales le cupo la responsabilidad penal del homicidio culposo no solo por su propio reconocimiento, sino además porque de las pruebas incorporadas “se desprende que la causa eficiente y determinante del deceso de Simón fue su conducción imprudente, yendo por el antirreglamentario”.

De acuerdo al informe policial de la División Criminalística, “la motocicleta Honda Twister conducida por el imputado se transformó en un obstáculo insalvable para el conductor de la camioneta Chevrolet S-10, quien transitaba por Maipú hacia el norte y al momento de iniciar el cruce con Paraná colisionó con el rodado menor, que se conducía por esa arteria en dirección al oeste, pero por el carril contrario; es decir en contramano, resultando su accionar la causal inmediata, directa y generadora del accidente de tránsito, lo cual derivó en las lesiones físicas sufridas por su acompañante y posterior fallecimiento”, señaló el magistrado.

Finalmente, ese trabajo, las fotografías y la planimetría realizada en el lugar, permitieron demostrar que “debido al impacto, la moto se desvió de su trayectoria –quedaron huellas de fricción de neumático–, perdió la estabilidad y cayó al pavimento, dejando varios surcos sobre la calzada de 12 metros, y luego impactó contra un desnivel de la vereda”.


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