Tribunales Santarroseños: confirman la condena a una mujer que hirió a su concubino
Miércoles 29 de Marzo de 2017 - 20:48:39
La Sala B del Tribunal de Impugnación, integrada por los jueces Pablo Balaguer y Filinto Rebechi, confirmó este miércoles la pena a un año y seis meses de prisión en suspenso contra Erica Belinda Galdame Carrizo, como coautora del delito de lesiones graves. Lo hizo al no hacer lugar al recurso de impugnación presentado por la defensora oficial Silvia Mariel Annecchini contra la sentencia dictada por el entonces juez de audiencia Carlos Mattei el 8 de junio del año pasado.
En esa ocasión Mattei, tras el juicio oral, dio por probado que el 20 de septiembre de 2012, Galdame Carrizo -una empleada de 24 años- agredió con una navaja a su pareja, Gerardo Andrés Cerda Lamberto, tras una discusión, provocándole una “lesión medular y múltiples heridas cortantes en el cuello y tórax”. Asimismo con esa misma arma agredió a un amigo de Cerda, Marcos Alarcón Alvarez, causándole una herida cortante en la clavícula izquierda cuando intentó auxilio al atacado. Mayor información en ver más...
La mujer explicó en el debate qué reaccionó así en un momento en que su pareja la tenía acorralada pegándole. También relató que esa noche cuando arribó del trabajo al departamento había olor a “porros” y que el agredido estaba jugando a la play station con amigos. En ese contexto fue que éste la golpeó en tres oportunidades.
Annecchini planteó que Mattei no había tenido en cuenta las circunstancias que rodearon el hecho, ya que éste ocurrió en un contexto de violencia de género, algo que quedó demostrado mediante los testimonios de los profesionales intervinientes, psicólogos y médicos, como así también a través de las denuncias realizadas por su defendida contra Cerda.
Agregó que surgió claramente en el debate, incluso del relato del victimario, su actitud machista echándola de la casa, recriminándole en varias oportunidades que la vivienda era suya, subestimándola y agrediéndola física y psicológicamente; motivos que permitían vislumbrar porqué Galdame se sintió intimidada en aquella oportunidad.
Consideró que se dio una situación de legítima defensa, ya que en casos de violencia de género y en el supuesto de violencia doméstica, Cerda, abusando de su poder, creó “un verdadero clima de temor” sobre quien en ese momento era su pareja, haciendo que ella se encontrara en una especial vulnerabilidad, no siendo posible exigirle en ese momento que adopte otras vías de solución.
Fundamentos.
Balaguer, autor del primer voto, al que adhirió Rebechi, indicó que si bien de “distintos testimonios surgió que Galdame Carrizo ha tenido una historia de vida, complicada cargada de violencia, abandonos y adicciones, ninguno de ellos mencionó –siendo consultados al respecto–, que Cerda ejerciera violencia sobre la imputada”; agregando que ni siquiera la testigo que le dio refugio a ella “en los momentos más difíciles de su vida” –fue consejera y confidente– declaró lo contrario. Al ser preguntada respondió que sabía que víctima y victimario “tenían idas y vueltas”, pero que no le constaba que Cerda hubiera sido violento y que sí, en cambio, otras parejas.
Con respecto a la presunta legítima defensa, Balaguer la descartó por dos motivos. Uno, que los profesionales intervinientes no trabajaron con la imputada específicamente sobre los hechos motivadores de la denuncia, sino sobre otras cuestiones personales; y otro, que los testigos directos expresaron que fue ella quien ingresó de modo violento a la vivienda, generando la posterior discusión.
“Es más, las lesiones sobre Galdame Carrizo que fueron certificadas no se condicen en absoluto con la golpiza que dijo haber recibido por parte de Cerda y que fuera la agresión ilegítima que justificare su actuar bajo la figura de legítima defensa (…) Voy a coincidir en que no existió agresión ilegítima, y que si bien hubo una discusión no se pudo probar que haya habido de parte de Cerda una agresión que justificara que la imputada tomara una navaja y lesionara gravemente a su concubino”, concluyó el TIP.