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Tribunales Santarroseños: tres años de prisión condicional y 10 de inhabilitación para un conductor que provocó la muerte de dos mujeres cerca de Catriló

Lunes 14 de Noviembre de 2016 - 19:28:40
El juez de audiencia Carlos Alberto Mattei, a través del procedimiento de juicio abreviado, condenó a Raúl Manzi, como autor material y penalmente responsable de los delitos de homicidio culposo doblemente calificado por ser más de una las víctimas fatales, y por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria del un vehículo automotor, y lesiones leves culposas en concurso ideal, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y 10 años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor, ciclomotor y maquinaria agrícola. Además le impuso el cumplimiento de reglas de conducta por tres años (fijar residencia y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras) y ordenó, una vez que el fallo quede firme, que se informe de la inhabilitación a la Secretaría de Asuntos Municipales de la Provincia y, por su intermedio, a quién corresponda y al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito y al Departamento de Operaciones Policiales. Sigue en ver más...


El abreviado fue convenido entre la fiscala María Cecilia Martiní, el defensor particular Martín Matzkin y el imputado, un empleado de 19 años, quien admitió su culpabilidad. Los querellantes, representados por el abogado Luciano Di Nápoli, y Barbero dio su conformidad con el acuerdo.

Mattei dio por probado que el 6 de septiembre del año pasado, a la noche y en el kilómetro 168 de la ruta provincial 1 –en cercanías de Catriló–, Manzi intentó ingresar al mando de un Nissan Tiida “sin luces encendidas, a la calzada de la ruta desde la banquina este, efectuando una maniobra en ‘U’ para retomar la dirección en sentido hacia el sur”. En esas circunstancias, y “no adoptando los recaudos ni los cuidados necesarios en la realización de esa maniobra peligrosa, provocó que Nelson Bautista Barbero, al mando de un Renault 9, que se conducía por su carril hacia el norte, no logró divisarlo y lo impactó en el lateral izquierdo”.

A causa de la colisión, Barbero sufrió lesiones y las dos mujeres que iban como acompañantes fallecieron. María Magdalena Almeira perdió la vida en el mismo lugar, mientras que Noemí Ofelia Martín murió el 22 de septiembre en su lugar de internación.

“Valorada la prueba aportada, de conformidad con las reglas de la sana crítica e independientemente de la aceptación de responsabilidad que surge del acuerdo de juicio abreviado por parte del acusado, con los informes de Criminalística y demás documental e informativa, como así el relato de quienes pudieron observar el desarrollo del hecho, se acreditó que Manzi, violando el deber de cuidado requerido en la conducción de un vehículo automotor, fue el autor material del hecho por el que ha sido acusado”, indicó el magistrado.

En los casos de juicios abreviados que son admitidos, el juez no puede imponer penas más severas a las solicitadas por el Ministerio Público Fiscal.


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