Tribunales Santarroseños: condenan a un policía por violencia de género
Viernes 30 de Septiembre de 2016 - 12:55:30
El juez de audiencia, Gastón Boulenaz, condenó al policía Federico José Pachado, como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por haber mantenido una relación de pareja con la víctima, en concurso real con el delito de amenazas simples, todo ello en un contexto de violencia de género, a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional, en perjuicio de su esposa, también empleada policial. Además le mantuvo la restricción de acercamiento que el 17 de junio pasado dictara el juez de control de General Acha, Héctor Alberto Freigedo, y le impuso -una vez que quede firme el fallo– el cumplimiento de reglas de conducta por el término de dos años (fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato, abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas, y no mantener ningún tipo de contacto con la víctima ni acercarse a menos de 200 metros de ella ni de su domicilio). Mayor información en ver más...
Durante el juicio oral y público, el fiscal de General Acha, Juan Méndez, pidió una condena de dos años en suspenso para Pachano, de 36 años, por los delitos de lesiones leves calificadas por el vínculo en los términos del artículo 89 –agravadas por las circunstancias del artículo 80 inciso 1” y la remisión que hace el artículo 92– y amenazas, en concurso real entre sí. En su alegato señaló que la falta de antecedentes le permitiría acceder al beneficio de la condena condicional, y pidió la fijación de reglas de conducta.
La defensora particular del imputado, Vanesa Ranocchia Ongaro, en cambio, pidió su absolución y dijo que lo que ocurrió fue una discusión de pareja en un contexto de violencia, pero que Pachado no cometió ningún delito.
Boulenaz, al evaluar las pruebas incorporadas al legajo, dio por probado que el 16 de junio del año pasado, a la noche, Pachado “agredió físicamente con golpes de puño en la cara y en el pecho a su esposa –aunque estaban separados de hecho–, en ocasión de encontrarse en el domicilio de la mujer; a la vez que le expresó: ‘llamá al móvil, te va a encontrar, pero te va a encontrar muerta porque te voy a reventar la cabeza’”.
El juez, atento a “las especiales particularidades existentes en el presente caso”, tuvo en cuenta como atenuante para fijar la pena la falta de antecedentes penales del acusado y que posea un trabajo mediante el cual se procura su sustento diario. Y como agravantes, “el grado de autodeterminación, toda vez que se trata de una persona culturizada y con instrucción –-policía–, integrada a la vida de relación e incluida socialmente, por lo que es esperable un mayor grado de reflexión en su accionar”. También consideró negativamente que “el acometimiento físico fue desplegado mediante una multiplicidad de acciones violentas (golpes de puño en la cara y en el pecho), y en presencia” de dos de los hijos de la pareja.