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Legislatura Provincial: aprobaron la Ley de Promoción Económica que había solicitada Verna

Viernes 20 de Noviembre de 2015 - 09:39:05
Por unanimidad los diputados sancionaron ayer la Ley de Promoción de las Actividades Económicas, “un régimen que dé respuestas a todos los actores involucrados en el desarrollo económico de nuestra provincia, pertenezcan a la producción de bienes o a la prestación de servicios, incorporando como sujetos de esta ley al sector cooperativo”, según la diputada Fernanda Alonso. Una sanción unánime porque, según el diputado Hugo Pérez “¿cómo nos vamos a oponer a dotar al nuevo gobierno de La Pampa de una ley de este tipo?”. La diputada Fernanda Alonso manifestó también que “es imprescindible instrumentar mayores herramientas de promoción económica, acordes a cada sector en particular, complementándolas con una reasignación de recursos de diversa índole que muestre una señal inequívoca del rumbo fijado". Mayor info en ver más...


• “Queda de lado un instrumento que ha beneficiado a algunos sectores productivos reemplazándolo por un régimen de promoción que dé respuestas a todos los actores involucrados en el desarrollo económico de nuestra provincia, pertenezcan a la producción de bienes o a la prestación de servicios. En este entendimiento, incorporamos como sujetos de la presente ley al sector cooperativo concientes del aporte que el mismo realiza al desarrollo provincial.

• “Nuestros Gobiernos Provinciales han impulsado durante varios años el desarrollo industrial, principalmente en aquellos sectores que tienen ventajas comparativas, a través de incentivos determinados a través de la Ley N° 928 y la actual Ley N° 1534, promocionando la actividad industrial, minera, hotelera y los determinados servicios afectados a la industria.

• “Al resto de sectores de la economía se ha tratado de incentivarlos a través de la participación activa de políticas explícitas del gobierno implementadas principalmente por el Banco Provincial que, si bien en algún momento nació como un banco de fomento, las particularidades en las que necesita desenvolverse, determinan que las políticas deben ser subsidiadas por el gobierno, buscando la mayor bancarización posible, la baja de costos de financiación y la presencia activa y federal, llegando a la totalidad de nuestro vasto territorio.

• “También se han dado respuestas a través del gasto o de la inversión selectiva, principalmente a través de la obra pública, de la educación y de la infraestructura necesaria en todos los rincones, a fin de que el contribuyente pampeano tenga igual calidad de vida más allá del lugar en que vive. Aunque no puede obviarse la realidad que determina que nuestra densidad poblacional trae consigo una evidente falta de mercado de consumo, factor necesario para el desarrollo industrial y de determinadas actividades económicas.

• “No se pretende fijar una posición adversa al establecimiento de políticas que hacen al cambio de la realidad argentina que ha determinado una marcada asimetría en el desarrollo de las distintas regiones, mostrando diferencias notables en lo que hace al nivel de desarrollo económico y social de las mismas. Lo ideal sería que las actividades promocionadas sean aquellas destinadas a sustituir importaciones y no para competir con actividades que naturalmente son desarrolladas en otras áreas del país. Sin dudas que este escenario transforma nuestro territorio en económicamente inviable para cualquier emprendimiento, ya que la diferencia de costos que originan los incentivos alientan a decisiones no convenientes para la economía en general. Esto además deriva en un evidente un costo fiscal para el Estado Provincial al no percibirse los tributos.

• “El Título I deja claramente establecido los objetivos de la propuesta, que es más amplia que las tradicionales leyes de promoción industrial vigente o que han estado vigentes en nuestra Provincia y en otros estados provinciales.

• “En el Título II se reafirman los objetivos extensivos a casi todos los sectores de la economía, reflejándose la ampliación mencionada en los objetivos.

• “Es de destacar que se incorpora un operador que puede generar cualquier actividad, en la medida que sea “primer emprendimiento”, al que se lo define con características básicas, apuntando a aquellos emprendedores que necesitan mayor apoyo, desde el punto de vista de la capacitación, instrucción comercial y productiva, pero que fomentará los pequeños empresarios y seguramente cimentarán la base de los futuros grandes empresarios.

• “Para ello se prevé que el Poder Ejecutivo, a través del área correspondiente, instrumente varias de las propuestas que en forma amplia se faculta a través de esta ley, ya que son sectores que seguramente no carecen de ideas ni de capacidad de producción, sino de garantías para desarrollar sus proyectos.

• “Por esta razón es que, como se observará más adelante, no solo se prevén muchas formas de garantizar sus emprendimientos, sino también la posibilidad de generar Fideicomisos de Garantía, en forma conjunta con la actividad privada y la posibilidad de la creación de una Sociedad de Garantía Recíproca que facilitará no solo el acceso al crédito de esta ley sino al comercial, necesario para el desenvolvimiento futuro, hasta que pueda generar sus propios bienes, que lo hagan sujetos de créditos normales y habituales.

• “El Titulo III contiene los requisitos normales de los posibles beneficiarios que son los normales que deben contemplarse.

• “El Título IV desarrolla los requisitos de la propuesta como así también pautas para la autoridad de aplicación en cuanto a su aprobación.

• “Se agregan a los tradicionales emprendimientos nuevos, en marcha o paralizados, los proyectos de fomento contemplando lo mencionado anteriormente del “primer emprendimiento”.

• “En todos los casos, se trata de proteger al medio ambiente; también se prevé que se otorgarán beneficios para aquellas actividades que no existan en la región, o existiendo no satisfagan la demanda, o que haciéndolo garanticen la colocación en los mercados externos – fuera de la región; y también se propone lo mismo con los beneficios impositivos.

• “En cuanto a los préstamos se ofrece como novedad, la posibilidad de otorgar créditos sindicados con otros organismos públicos o privados, ya sea a través de la financiación respectiva, como así también la posibilidad que la obtención del crédito por el solicitante de los beneficios, no se adecue su obtención al flujo de fondos del proyecto, con lo cual se podrá pergeñar la posibilidad de concretar el subsidio de parte de la tasa, de la complementariedad para compatibilizar los plazos crediticios que obtiene, con los plazos biológicos o económico financieros, que necesite el proyecto. El título X en su artículo 9 establece los pesos quinientos mil destinados a los préstamos.

• “También se extiende la posibilidad de garantizar los créditos con otros instrumentos a los requeridos actualmente, siempre sujetos a la autorización de la Autoridad de Aplicación.

• “Del resto de normativas puede destacarse la creación del Fondo Provincial para la Promoción Económica, con la asignación de un grupo de recursos que garantice la prosecución de los proyectos, y genere la expectativa en el empresariado, de la posibilidad de que en algún momento su propuesta va a cristalizarse en una concreción.

• “Asimismo se crea el Consejo Asesor Provincial de Promoción Económica, como una caja de resonancia de los reclamos, ideas, y propuestas de los sectores que están diariamente con los problemas y necesidades de la actividad privada, agregando la investigación científica aplicada que puede aportar nuestra Universidad, como así también integrantes ad-hoc, para determinados temas específicos que se deban tratar.

• “El Estado debe dar señales, y la actividad privada interpretarlas, pero también el Estado debe escuchar a la actividad privada sobre la conveniencia del cambio estratégico de algo que se definió en un momento. El desempeño de la economía no se trasunta en una foto sino en una película, y por las características mencionadas de nuestra provincia, y aún también de la Nación toda, no necesariamente se pueden elegir los protagonistas”.

El diputado Pérez, pese a asegurar que su bloque votara favorablemente en general a la inicitiativa, planteó “modificar el artículo 6, que le da al Poder Ejecutivo una tremenda discrecionalidad”. También a los artículos 10, 12, 16, 18, 22 (solicitando la incorporación de dos diputados al consejo asesor), 25 (reclamó la declaración de emergencia con acuerdo del Concejo Deliberante), 37 y 38 (porque los fideicomisos escapan a los controles). Y aseguró que “no sólo fracasó la ley de promoción industrial sino también las políticas del Banco de La Pampa”.
Seguidamente la diputada Alonso hizo una serie de reconocimientos a las demandas solicitadas, en primer lugar del diputado Luis Solanas aceptando que “a misma propuesta se prioriza a quien resida en La Pampa” y también a los artículos 10,12,16, 18 y 22”.

Por su parte la diputada Sandra Fonseca manifestó su adhesión a la norma señalando que “producirá un despegue por la generación de empleo privado” y el diputado Daniel Robledo la consideró “una ley superadora”.


Otras sanciones

Los diputados también aprobaron en forma unánime la ley por la cual se propicia la aprobación de los Convenios Únicos de Colaboración y Transferencia suscriptos entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y el Gobierno de La Pampa, con la finalidad de otorgar ayuda financiera a distintos Municipios para la ejecución de obras. El diputado Daniel Lovera argumentó que “se trata de asistencia financiera, en el marco del Plan “Más cerca, más municipios, mejor país, mejor Patria” a las municipalidad de Parera y la Comisión de Fomento de Adolfo Van Praet por un monto máximo de pesos de un millón doscientos veintinueve mil treinta y cuatro; y a la municipalidad de Dorila por pesos setecientos setenta y ocho mil cuarenta y ocho”.

También aprobaron el Convenio celebrado entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, la provincia de La Pampa y el Banco de La Pampa S.E.M., sobre implementación de mecanismos de bonificación de tasas de interés en los créditos otorgados bajo la normativa “Préstamos Plan Provincial de Activación Lechera”. El diputado Alfredo Schanton dijo que “el monto total de los créditos a otorgarse por la línea que bonificará el ministerio y la provincia no podrá superar la suma de pesos veinte millones. La bonificación del ministerio será de seis puntos porcentuales anuales de la tasa de interés que se aplique a los préstamos que se otorguen ene l marco de la línea que será variable determinada por la tasa encuesta plazo fijo 30/59 días publicada por el BCRA y adicionalmente la provincia tomará a su exclusivo cargo la bonificación de los puntos porcentuales anuales necesarios de la tasa de interés hasta un máximo de seis, para que la tasa de interés pagada por el productor no sea inferior al nueve por ciento anual”. También que “los créditos otorgados por el Banco a través de la Línea tiene como destino financiar inversiones y capital de trabajo a empresas del sector lechero, las que deberán cumplir con los requisitos del convenio”. Pérez celebró que en ese marco, “la semana pasada se inaugurara una fábrica de mozzarella, porque debemos ir modificando la estadística que indica que sólo al 35% de nuestra producción láctea sale de nuestra provincia con valor agregado”.

Por unanimidad se aprobó la resolución de reestructuración del Presupuesto de Erogaciones del Ejercicio 2015 y las resoluciones por la que se declara de Interés Legislativo el “Primer Encuentro Nacional de Murgas del Centro del País”, a realizarse en la ciudad de Santa Rosa los días 6 y 7 de diciembre de 2015; y a la jornada diálogo Bioético entre las Ciencias de la Salud y el Derecho.


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