Santa Rosa: Jorge también firmó decretos para el otorgamiento de créditos de promoción industrial
Domingo 1 de Febrero de 2015 - 13:28:17
Uno de ellos es el Decreto N° 807/14, donde el Gobernador de La Pampa Oscar Mario Jorge decreta en su Artículo 1° “declárese comprendida en la Ley N° 1534 de Promoción Industrial y Minería y su Reglamentación Decreto N° 825/09, a la firma Industria Stark SRL CUIT N° 30-71260210-0, en relación con el proyecto de relocalización de su emprendimiento industrial dedicado a la fabricación de piletas de plástico reforzado con fibra de vidrio, en el Parque Industrial de la localidad de Quemú Quemú (artículo 3° inciso a) de la Ley N° 1534”. En su artículo 2°, “otorgase a la nombrada en el artículo 1°, un crédito de hasta la suma de $1,390,900 que se destinará a financiar parcialmente la construcción de la infraestructura edilicia, encuadrándose en los artículos 3° inciso a) y 13 inciso a) apartado 1) de la Ley N° 1534 y en los artículos 2° y 8° del anexo Decreto N° 825/09.
Mediante el Decreto N° 808/14, el Gobernador de la Provincia de La Pampa, Oscar Mario Jorge, decreta, apruébase la documentación legal, técnica y gráfica confeccionada por la Unidad Ejecutora Provincial del Programa de Mejoramiento de Barrios y en consecuencia autorizase a la misma, a efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional para la ejecución de la Obra “Infraestructura Pública, Equipamiento Comunitario y Obras Complementarias para el Barrio Oeste de la ciudad de General Acha – Provincia de La Pampa, con un presupuesto oficial de $23,454,358,75 a valores de octubre de 2014 y un plazo de ejecución de 18 meses.
Finalmente y a través del Decreto N° 809/14 el Gobernador Jorge decreta en su Artículo 1° “declárese comprendidos en la Ley N° 1534 de Promoción Industrial y Minería y su Reglamentación Decreto N° 825/09, a los señores Guillermo Aníbal Gutierrez, CUIT N° 20-17140079-2 y Nora Alicia Porfiri, CUIL N° 27-17140166-1, en relación con el proyecto de construcción, equipamiento y puesta en marcha de un emprendimiento hotelero a radicarse en la Ruta Nacional N° 152 Km 28, de la ciudad de General Acha (artículo 3° inciso c) de la Ley N° 1534.
En su Artículo 2° “otorgase a los nombrados en el Artículo 1°, un crédito de hasta la suma de $2,100,000, que encuadra en los artículos 3° inciso c) y 13 inciso a) apartados 1) y 2) de la Ley N° 1534 y en los artículos 2° y 8° del Anexo Decreto N° 825/09.