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Legislatura Provincial: ya es ley el voto voluntario de jóvenes de 16 y 17 años

Domingo 2 de Noviembre de 2014 - 19:07:30
La Cámara de Diputados sancionó por unanimidad la modificación a la ley electoral provincial incorporando el voto voluntario a jóvenes con 16 y 17 años. El autor del proyecto diputado Mariano Fernández (PJ) indicó que “proponemos una modificación a la Ley Electoral Provincial Nº 1593, con el objeto de profundizar el proceso de participación política de los jóvenes, brindándoles la posibilidad de ejercer el derecho a sufragar a partir de los 16 años”. El diputado Fernández -agregó más adelante en su alocución- que “modificamos de esta manera la redacción del artículo 13 de dicha ley, para incluir en la categoría de electores provinciales a los ciudadanos argentinos con domicilio constituido en la provincia de La Pampa que tengan 16 años cumplidos al día del comicio, e incorporamos el artículo 13 bis, en donde queda explícito en la expresión “podrán participar”, que esta modificación no conlleva la incorporación de una obligación para estos jóvenes, sino la posibilidad de que ellos puedan incorporarse libremente a la expresión democrática del acto eleccionario". Mayor información en ver más...


Fernández remarcó que en países europeos, como en algunos latinoamericanos, existen antecedentes en este sentido y en otros estados debaten actualmente la posibilidad de habilitar el derecho al sufragio con 16 años de edad.

En Brasil, Ecuador y Cuba han habilitado la participación política de los jóvenes desde los 16 años. En nuestro país, a nivel nacional, fue en el año 2012 cuando La Cámara de Senadores dio lugar a este debate, e incorporó los derechos políticos de los jóvenes argentinos de 16 y 17 años, luego de modificar 7 leyes nacionales. Por su parte y en concordancia con esto, la mayoría de las jurisdicciones provinciales han modificado sus leyes electorales locales a fin de dar participación electoral a los jóvenes a partir de los 16 años de edad.

Desde la presentación del proyecto hasta la fecha  -- continuó diciendo --  se han suscitado en torno a él innumerables debates, muchos de los cuales rondaron en la conveniencia o no de que dicho derecho tuviera carácter obligatorio.

Otras de las situaciones que se produjeron eran que “quedó sin sustento la crítica de aquellos que opinaban que si se bajaba la edad para que puedan votar, también debía bajarse la edad de imputabilidad; a los 16 años los jóvenes ya son imputables, lo que tienen es un régimen penal diferente que fue debatido y sancionado por el Congreso Nacional.

Así como no se los trata como adultos en un régimen penal que es específico para los menores tampoco se los debe tratar como adultos en materia electoral, ni penalizar la no emisión de su voto.

Más adelante habló sobre la Convención Internacional sobre los derechos del niño y otros tratados internacionales, que “significaron una ruptura radical del enfoque jurídico de la infancia al considerar al niño como sujeto de derechos y no como simple objeto de socialización y control”.

Acotó que “si bien nuestro país adhiere a este nuevo paradigma, todavía es necesario profundizar los cambios culturales que deben darse en el sentido de la protección de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes de nuestra sociedad.

Es desde el paradigma de la Protección Integral que se puede fomentar la participación de los jóvenes, asegurando el ejercicio de la ciudadanía de los niños y protegiendo su derecho a expresarse de manera libre, de buscar, recibir y difundir información. Así, los jóvenes van internalizando el ejercicio dela política y de la democracia de manera progresiva, en función de su compromiso, de su práctica y su militancia.

Actualmente, el criterio mayoritario que impulsa la modernización y democratización del sufragio, considera que ampliar la posibilidad de participación a partir de los 16 años contribuirá a profundizar el ejercicio pleno de los derechos políticos, fortaleciendo nuestras instituciones democráticas.

Será una forma de ampliar los canales institucionales de participación y con ello propiciar una mayor inclusión y expresión de las diversas voluntades. Debemos recuperar la concepción de la política como herramienta transformadora de la sociedad y crear los canales necesarios para que el ejercicio de los derechos se realice progresivamente, aumentando la participación en los procesos de toma de decisiones, fortaleciendo y ampliando la ciudadanía.

El legislador peronista Fernández indicó finalmente que “por esa razón, brindarles a los jóvenes de 16 y 17 años la oportunidad de ejercer voluntariamente su derecho a voto, también nos permitirá tener ciudadanos jóvenes que participan activamente en los asuntos públicos”.


Luis Solana

El diputado socialista Luis Solana también se refirió al tema diciendo que “si proyectamos el censo del 2010, aprovechando este proyecto, en nuestra provincia se incorporan al padrón electoral para elegir cargos provinciales y locales 5.630 jóvenes de 16 años, 20 por ciento no está en la escuela y 5.680 jóvenes de 17 años, el 28 por ciento no está en la escuela.

Estamos ampliando nuevamente la democracia en nuestro país, la historia de este instituto que es el voto, ha tenido una evolución importante, es menos democrática la sociedad en el 1900 con el inaceptable voto calificado y con la determinación de los 25 años como la edad mínima requerida para ejercer el derecho político al voto, que luego de la ley Sáenz Peña, que lo convierte en un acto de alcance universal, secreto y obligatorio.

Se disminuye la edad exigida a los 18 años, y esta sociedad es mucho menos democrática que luego de la incorporación de la mujer, por iniciativa de Eva Perón en 1947, y hoy podemos contar un episodio más de esta evolución, sin dudas hacia una sociedad más democrática.

Más adelante dijo que teníamos el deseo de que en nuestra provincia debemos perfeccionar esta ampliación democrática y darle carácter obligatorio y no optativo, por las mismas razones que hacen del sufragio un derecho y un deber para los mayores de 18, son aplicables al segmento etario que se incorpora, nos parecía una discriminación y una suerte de desvalorización del aporte político de esos jóvenes. Pero entre lo ideal y lo posible, que es este proyecto que estamos tratando, igualmente marca un avance trascendental que no podíamos dejar de acompañar”, finalizó Solana.


El tratamiento del pliego de María Albores - Se recordó su voto habilitando al actual gobernador

Los diputados del bloque del Frepam votaron en forma negativa el acuerdo remitido por el ejecutivo provincial para designar a María Gloria Albores como jueza en la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, laboral y de Minería.

Los fundamentos del rechazo fueron sobre el voto que la doctora Albores realizó en momentos en que se consideraba si al actual gobernador Oscar Mario Jorge, se lo podía habilitar como candidato a gobernador, ante la renuncia del ingeniero Carlos Verna a presentarse en los comicios generales.

En ese momento los votos fueron divididos y Albores votó a favor de habilitar a Jorge, por lo que el diputado radical Hugo Pérez tuvo conceptos duros sobre la figura de la funcionaria judicial e incluso desmintió lo que dijera en ese momento cuando se le consultó por el voto, expresando que había un vacío legal, titubeando en la respuesta e incluso el legislador Pérez citó palabras del doctor Rubén Marín que dijera en algún momento que ese fallo “avergonzó a los justicialistas”.

Cabe recordar que ante la renuncia de Verna a su candidatura y donde el Tribunal Electoral de La Pampa, por dos votos a uno, le dio vía libre al congreso del Partido Justicialista para que elija un nuevo candidato a gobernador.

Recordaron que Eduardo Fernández Mendía y la doctora Albores avalaron esa postura, mientras que el procurador general Mario Bongianino, en su voto en disidencia, sostuvo que la candidata a vicegobernadora, Norma Durango, debió ocupar el lugar vacante dejado por Verna y uno de los candidatos a diputados provinciales el segundo casillero de la fórmula gubernativa

El diputada Pérez elogió a la actual vicegobernadora, que tenía en ese momento consenso para ocupar ese cargo, a lo que Durango y posteriormente el diputado Fernández dijeron que podría ser para el 2015.

La diputada Sandra Fonseca tuvo conceptos similares en cuanto a la posición de rechazo a la designación de la nueva jueza, que se había violado todas las reglas para un beneficio particular.

El diputado Luciano Di Napoli indicó que iba a votar a favor de la designación de la doctora Albores, porque la conocía desde el punto de vista profesional, diciendo que actualmente donde ella esta desarrollando sus funciones no es lenta la mecánica de los trámites judiciales, como se había dicho y creía que había un “revanchismo político, en un fallo que tiene que ver con la historia de nuestra provincia.

Hicieron uso de la palabra el diputado Mariano Fernández defendiendo la designación de la doctora Albores, diciendo que conoce la profesionalidad de ella, a su familia, y que será merecedora de dicho cargo en la justicia.

Finalmente Carlos Bruno (Frepam) efectuó algunas aclaraciones ratificando el voto negativo, que no lo hacía por cuestiones personales, pero si por el voto de aquel momento, que no fue jurídico, sino político, habilitando de esa manera al actual mandatario para presentarse en los comicios.


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